Una propuesta desde los trabajadores. La Federación Judicial Argentina frente a los proyectos de reforma judicial de los organismos de crédito (1983-2001)

 

Camila Sapp (*)

 

ARK CAICYT: http://id.caicyt.gov.ar/ark:/s24690732/ke7ixbm1i

 

Resumen

 

El artículo examina los proyectos de reforma judicial impulsados por organismos de crédito en América Latina durante las décadas de 1980 y 1990, así como el posicionamiento de la FJA frente a estas iniciativas. Se parte de la hipótesis de que los judiciales nucleados en la Federación lograron idear una propuesta de justicia alternativa que democratizara sus funciones, discusión que hicieron extensible a un gran espectro de trabajadores a través de la conexión con redes sindicales nacionales y regionales en las que tenían injerencia. Para su análisis, se emplea una metodología cualitativa basada en el examen de fuentes sindicales, publicaciones periódicas y entrevistas a referentes destacados.

 

Palabras clave: Reforma judicial; Trabajadores judiciales; Organismos de crédito; Federación Judicial Argentina.

 

 

 

 

A proposal from the workers: the argentine judicial federation in the face of the judicial reform projects of credit agencies (1983–2001)

 

Abstract

 

This article examines the judicial reform projects promoted by international lending agencies in Latin America during the 1980s and 1990s, as well as the stance taken by the FJA in response to these initiatives. We hypothesize that judicial workers organized within the Federation devised an alternative model of justice with the aim of democratizing their functions, a debate they extended to a broad spectrum of workers through collaboration with national and regional union networks in which the organization played an active role. The analysis employs a qualitative methodology based on union sources, periodical publications, and interviews with key informants.

 

Key words: Judicial reform; Judicial workers; Multilateral credit agencies; Federación Judicial Argentina.

 

Una propuesta desde los trabajadores. La Federación Judicial Argentina frente a los proyectos de reforma judicial de los organismos de crédito (1983-2001)

 

Introducción

 

En su función de administrar/impartir justicia en el marco de una sociedad, el Poder Judicial está obligado a regirse por principios que garanticen su autonomía funcional y a actuar conforme a normativa jurídica vigente. Si bien el incumplimiento de estos puntos ha sido objeto de diversas críticas en diversos pasajes de la historia, vemos que la institución enfrentó severas críticas a partir de los años ochenta. Las objeciones estuvieron dirigidas a señalar la ineficiencia del sistema, fruto de las moras existentes y la corrupción inherente en gran parte de su estructura jerárquica (Palacio, 2021, p. 9). También se apuntó sobre dos problemas en el que se esperaba que la justicia actuara con determinación. Uno consistía en la necesidad de garantizar una efectiva aplicación de la ley en causas por delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura cívico-militar de 1976-1983, mientras que, a su vez, se exigía la urgencia por llevar adelante modificaciones que aseguraran la independencia judicial respecto al resto de los poderes.

El desprestigio que arrastraban las instituciones de justicia en América Latina y el enfoque revisionista que se proyectaba sobre ellas coincidieron con un escenario en donde se consolidaba la supremacía del capitalismo tras la caída del Muro de Berlín y la posterior disolución de la Unión Soviética. En ese contexto, agencias internacionales de crédito como el Banco Mundial (BM), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Fondo Monetario Internacional (FMI) comenzaron a diseñar una serie de proyectos destinados a integrar a los países del Sur Global en el nuevo régimen de acumulación. Junto con la planificación de reformas orientadas a maximizar las ganancias, reducir el déficit fiscal y estabilizar las variables macroeconómicas de los Estados, estos organismos elaboraron recetas de “segunda generación”, cuyo propósito era potenciar los efectos de las primeras. Según su perspectiva, las transformaciones económicas esperadas solo podrían concretarse en contextos de eficiencia institucional, siendo el dinamismo del sistema de justicia un elemento clave en ese proceso (Vilas, 2000). Para esto, dichos organismos destinaron billones de dólares a proyectos de reforma judicial en países de la región (Nagle, 2003, p. 217).

Los trabajadores judiciales identificaron en el Documento Santa Fe II (1988),[1] Una estrategia para América Latina en los '90, el germen del proyecto ideológico que años más tarde sería promovido por las agencias de crédito. Su contenido ya señalaba la necesidad de adaptar el sistema judicial al nuevo contexto de transformaciones, una orientación que se consolidó en la Cumbre de las Américas (1994). En la Segunda Cumbre (1998) esta dimensión adquirió mayor claridad, al conformarse la Red Interamericana de Reforma Judicial, de la que participó la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas (JUFEJUS).[2]  Al año siguiente la Junta elevó una propuesta de reforma judicial al BID, hecho que puso de manifiesto la articulación entre actores judiciales locales y entidades supranacionales en torno a objetivos compartidos. Parte de aquellas ideas se reflejaron en las iniciativas de modificación de la justicia impulsadas por los gobiernos de Menem en 1998 y de De la Rúa en el 2000, orientados a gerenciar áreas del sistema judicial e introducir modificaciones en los códigos procesales (Simone, 2005, p. 12). Estas iniciativas fueron rechazadas por los sindicatos nucleados en la FJA, quienes denunciaron no haber sido convocados para participar en la elaboración de los proyectos ni tampoco consultados sobre los cambios que, como trabajadores del sistema y conocedores de su funcionamiento, podrían haberse realizado. En relación con el contenido de las reformas, los judiciales afirmaron que las propuestas obedecían a una lógica sustentada en criterios de eficiencia y productividad, ya que entre los puntos a modificar se incluía la eliminación de dependencias, la unificación de áreas, la privatización de sectores administrativos, la supresión de la estabilidad laboral y la ampliación de la jornada laboral.

Frente a una reforma percibida como regresiva y promovida por organismos foráneos, los gremios judiciales analizaron en profundidad las propuestas impulsadas, evaluaron sus efectos en países donde ya habían sido aplicadas y debatieron activamente esta problemática. Como resultado de ese proceso, propusieron un modelo alternativo de justicia con contenido social orientado a la democratización de sus funciones, discusión que hicieron extensible a los distintos núcleos de convergencia nacional e internacional en los que participaron.

En lo que respecta al Poder Judicial, existe una amplia bibliografía dedicada a abordar las características y efectividad del sistema de justicia en Argentina desde múltiples temporalidades y escalas (Smulovitz, 1995; Frühling, 1998; Palacio, 2020, entre otros). Dentro de este corpus adquieren especial relevancia los estudios que examinan el contenido de los planes elaborados por las agencias de crédito y las consecuencias que esas reformas generaron en la Justicia argentina y de otros países de la región durante los años noventa y dos mil (Buscaglia y Dakolias, 1996; FIEL, 1996; Sarles, 2001; Biebesheimer, 2001; Acuña y Alonso, 2003; Gargarella, 2007, 2011; Burgos Silva, 2000 y 2009; Binder y Obando, 2004; Simone, 2005; Weaver, 2008; Lista, 2008; Pásara, 2013, entre otros). Un rasgo común de estas investigaciones es que analizan las bases y fundamentos de los organismos multilaterales en sus informes de situación, poniendo de relieve qué aspectos del sistema judicial eran señalados como problemáticos y cuáles demandaban transformaciones. También reparan en los efectos de las políticas ejecutadas en cada experiencia nacional, marcando sus limitaciones y éxitos parciales. Las mismas concluyen en que los cambios buscados no aspiraban a corregir prácticas institucionales deficitarias. Más bien, se pretendía generar transformaciones favorables a los procesos económicos en marcha. Por último, también resultan relevantes aquellas obras que se detienen en las modificaciones introducidas en los códigos normativos y procesales, así como su impacto en la resolución de causas, destacándose avances significativos en materia penal y procesal penal (Hathazy, 2016; González Guarda, 2016).

Diversos autores analizaron los efectos de las políticas neoliberales sobre el trabajo y sus organizaciones durante la era menemista (Gerchunoff y Torre, 1996; Gambina y Campione, 2002; Pucciarelli, 2011), así como el posicionamiento del sindicalismo frente a ese contexto (Murillo, 2005). Por otro lado, aunque escasas, las investigaciones sobre organizaciones de empleados judiciales han aportado contribuciones significativas. Nigra (2008) reconstruye, por ejemplo, la génesis de la Unión de Empleados de la Justicia Nacional (UEJN) a partir del acta fundacional de la organización. Sapp (2023a), por su parte, ofrece una historia de larga duración de la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial (AGEPJ) de Córdoba (1951 y 1990), mientras que en otros artículos analiza procesos específicos en los que los judiciales cordobeses desempeñaron un rol protagónico (Sapp, 2022, 2023b y 2024). Sin embargo, no contamos con trabajos que indaguen en el posicionamiento de estos trabajadores frente a problemáticas relacionadas con el dinamismo funcional de la Justicia. Asimismo, carecemos de estudios que exploren cómo esos debates pudieron dar lugar a iniciativas de justicia alternativa y al surgimiento/fortalecimiento de redes de activismo sindical nacionales y/o transnacionales, en un contexto atravesado por transformaciones claves en materia económica, política y social.

El presente artículo tiene como objetivo analizar la propuesta de reforma judicial de la FJA y los actores que intervinieron en su formulación. Para ello resulta necesario examinar, en primer lugar, el contenido de los proyectos promovidos por los organismos internacionales de crédito y el rol de los gobiernos argentinos en relación con esta problemática. A partir de ese marco buscaremos reconstruir, en segundo término, las propuestas alternativas elaboradas por los trabajadores y las redes de activismo sindical por donde circuló esta preocupación ¿Qué implicaba reformar el Poder Judicial para sus empleados? ¿Qué sentidos políticos y sociales se ponían en disputa? ¿Hacia qué puntos iban dirigidos los cuestionamientos realizados a las iniciativas de las agencias supranacionales? ¿Qué tipo de conexiones sindicales –locales y/o regionales– se produjeron a propósito de este debate? Son algunos de los interrogantes que orientan nuestro trabajo.

Con la reapertura democrática en 1983 se produjo un cambio en la forma de hacer y entender la política dentro de la FJA, proceso que se vio acompañado por una renovación dirigencial que ubicó al dirigente del Sindicato de Trabajadores Judiciales de Río Negro (SITRAJUR), Eduardo Fernández Novoa, y a Omar Gorini —referente del Partido Comunista (PC) y miembro de la Asociación Judicial Bonaerense (AJB)— al frente de la organización. A partir de entonces se intensificó la participación de los judiciales en los debates que afectaban a su sector, se fortalecieron los espacios de discusión entre los gremios de base y se ampliaron los vínculos internacionales. Allí, el nexo con la Central Latinoamericana de Trabajadores (CLAT), la Confederación Latinoamericana de Trabajadores Estatales (CLATE) y la Coordinadora de Judiciales del Cono Sur fue central. Esta tendencia se profundizó en los noventa, con el ascenso de Víctor Mendibil (conductor de la AJB y miembro del PC) en 1994. En consonancia con los cambios en curso, hacia 1995 se fundó el Centro de Estudios de la FJA (CEFJA), concebido como un espacio para la formación y la concientización de los trabajadores. Para su puesta en marcha se convocó a intelectuales afines, como el abogado y periodista Ulises Gorini, el historiador Daniel Campione y el economista Julio Gambina. Estos académicos elaboraron materiales orientados a promover el debate sobre los efectos de las reformas judiciales de las agencias de crédito en Latinoamérica, una discusión que comenzó a ocupar un lugar clave en su agenda.

Por ello, este artículo comienza su recorrido en 1983, observando los cambios que se producen a nivel dirigencial y de discusión en la FJA en ese sentido, así como los proyectos de reforma judicial que las agencias de crédito presentan durante fines de los ochenta y comienzos de los noventa, y concluye en 2001, año en que se produjo un hito en las formas y demandas de la movilización popular, ya que por primera vez la sociedad exigió, pública y masivamente, la destitución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), siendo la Federación un actor central de aquella exigencia. El periodo coincide con la incorporación de la FJA al Congreso de los Trabajadores Argentinos (CTA) –más tarde denominada Central de Trabajadores de la Argentina– en 1991, organización que integraron su conducción desde sus inicios y en la que instalaron el debate sobre la necesidad de democratizar el Poder Judicial. En simultáneo, la justicia argentina estaba siendo testigo de profundos cambios. La reforma de los Códigos Civil, Electoral y Procesal Penal (1991), el reconocimiento de la autarquía financiera y la creación del Consejo de la Magistratura (1994), sólo por destacar los más relevantes (Acuña y Alonso, 2003, p. 6), también dan cuenta de la relevancia de explorar lo planteado en el lapso señalado.

Recuperamos el concepto de democratización (Tilly, 2010) para analizar el contenido de la propuesta de reforma judicial de la FJA y los mecanismos de discusión internos producidos en torno a esta temática. En la medida que su letra incluya iniciativas para ampliar la participación en el acceso a la justicia, reduzca las desigualdades en el mismo sentido, brinde protección frente a la arbitrariedad que ostenta el sistema hacia ciudadanos/usuarios, fomente la consulta entre las bases y la conducción gremial respecto a las aristas que precisan especial tratamiento y garantice el procesamiento de demandas de la población, podría decirse que se está avanzando en un sentido democrático. Para esto, tendremos en cuenta los marcos para la acción (Gamson, 1992) existentes al momento en que los judiciales esbozaron aquellas iniciativas. En particular, intentaremos observar cómo la FJA pudo articular una narrativa capaz de desafiar a los supuestos de los organismos de crédito en la materia. Explorar los fundamentos de la FJA nos permitirá conocer cuáles fueron los sentidos de justicia con los que comulgaban, su diagnóstico respecto a la institución judicial y las alternativas para su transformación.

Nuestras hipótesis plantean que: 1) Luego del recambio dirigencial, la FJA se nutrió de algunas discusiones introducidas por actores ligados al PC y 2) El intercambio con activistas integrados en redes transnacionales y en la CTA le permitió a la organización elaborar un proyecto de justicia alternativo que democratizara sus funciones, generando la discusión entre las bases y construyendo conciencia sobre la importancia de problematizar sobre este punto.

Apelamos al uso de una metodología cualitativa que aplica el marco analítico a la evidencia empírica. Para esto identificamos las variables de democratización presentes en la propuesta de reforma judicial de la FJA. Asimismo, reconstruimos los espacios en donde circuló esta preocupación, prestando atención a las reivindicaciones planteadas en algunos talleres realizados por el CEFJA, instancias congresales de la CTA y en los encuentros realizados por la Coordinadora de Judiciales del Cono Sur. Lo hacemos a partir del relevamiento de fuentes escritas, incluyendo el boletín de la FJA (Pregón Judicial) y comunicados de la organización, así como el medio gráfico Página 12 para todo el periodo. También realizamos una serie de entrevistas a referentes de la Federación e intelectuales con actividad en su Centro de Estudios.

El artículo se estructura en tres apartados. El primero aborda los principales puntos sobre los que descansaron los proyectos de reforma judicial de los organismos de crédito para América Latina, realizando énfasis en el caso argentino. El segundo exhibe la propuesta de la FJA. Por último, se presenta una síntesis de lo abordado, dando cuenta del modo en que el debate sobre la democratización de la justicia tiene implicancias en el presente y cómo su problematización puede ser útil para el diseño de transformaciones futuras.

 

Justicia bajo reforma:  un mapa de situación desde el caso argentino

 

Con la caída del Muro de Berlín en noviembre de 1989 y el desmembramiento de la Unión Soviética unos años más tarde se dio paso a la emergencia de un capitalismo global que desdibujó los límites nacionales e impulsó la creación de mercados ampliados, dentro de lo que sería concebido como regionalismo abierto (Gordillo, 2019). El proceso se vio acompañado por la recuperación de las democracias en América Latina, sociedades cuyo dominio habían estado en manos de regímenes autoritarios de mayor o menor intensidad. En ese marco, los significantes democracia y desarrollo adquirieron centralidad en el discurso de la época (Lista, 2008, p. 741). Los organismos internacionales no permanecieron al margen, y, mediante programas específicos, impulsaron una política crediticia destinada a los países del Sur Global conforme a dichas coordenadas. En una primera fase, promovieron las llamadas “reformas de primera generación”, inspiradas en los lineamientos del Consenso de Washington. Estas tenían como objetivo estabilizar las economías, controlar la inflación, reactivar el crecimiento y fomentar la apertura comercial. Para ello, consideraban necesario ejecutar acciones que garantizaran el ajuste fiscal vía la reducción del gasto público, la privatización de empresas estatales, la eliminación del déficit, la liberalización comercial mediante la reducción o supresión de aranceles, la desregulación del tipo de cambio y la flexibilización de la normativa laboral.

En este esquema, las instituciones financieras actuaban como prestamistas, condicionando el desembolso de fondos a la adopción de políticas alineadas con tales objetivos. En los hechos, esta dinámica consolidaba una relación asimétrica, en la que los países debilitados por el endeudamiento y la falta de liquidez se veían obligados a aceptar los términos impuestos a cambio de la entrega de dinero necesario para ejecutar sus políticas. Los préstamos contraídos pasaban a abultar el ya significativo déficit público de gran parte de los países latinoamericanos, cuyas obligaciones de pago estaban estipuladas a través de plazos que en ocasiones no podían garantizarse, lo que los dejaba expuestos al riesgo recurrente del default.

Ahora bien, los resultados de aquellas reformas fueron, en muchos casos, parciales. De allí que los organismos multilaterales entendieran que los cambios macroeconómicos esperados sólo podrían consolidarse en el marco de sistemas políticos capaces de ejercer un mayor control sobre la gestión pública (Acuña, 2003, p. 4-5). A las reformas de “primera generación” les siguieron, entonces, las de “segunda generación”, orientadas a generar las condiciones institucionales necesarias para viabilizar los efectos de las primeras. En ese camino, la introducción de cambios sobre el Poder Judicial se presentaba como un objetivo clave.

Según informes del BM, el BID y organizaciones locales como la Fundación de Investigaciones Latinoamericanas (FIEL), los poderes judiciales debían ajustarse a las exigencias del nuevo orden económico, especialmente en lo que concierne a la provisión de seguridad jurídica, instrumento clave para “atraer financiamiento externo” (Lista, 2008, p. 747-748). Bajo estas coordenadas, la transformación del sistema judicial se erigía como un requisito fundamental para impulsar el desarrollo esperado: Un país que no garantice el Estado de Derecho difícilmente logrará atraer inversión extranjera, y, por tanto, no podrá financiar su dinamismo (Pásara, 2013, p. 82). Lo siguiente conduce a la idea que entre justicia y crecimiento económico existe una suerte de relación causal, presuntamente demostrada, en la que la eficiencia de una conduciría al éxito de la otra.

Si bien las agencias de crédito promovieron iniciativas dirigidas a optimizar el funcionamiento de los poderes judiciales en América Latina durante los años ochenta,[3] fue en la década siguiente cuando esta preocupación se consolidó como una prioridad en la agenda regional, destinando importantes recursos a tal fin. Los datos evidencian que, entre 1996 y 1998, tanto el BM como el BID aprobaron préstamos por un monto superior a 242 millones de dólares. A ello se añadió que, al año siguiente, el BM asumió el compromiso de incrementar su financiamiento para combatir la corrupción en 48 países, prestando especial atención a la transformación de los sistemas de justicia. En América Latina, los países seleccionados para recibir dichos fondos fueron Argentina, Bolivia, Colombia, Ecuador, Guatemala, Nicaragua y Paraguay (Nagle, 2003, p. 235).

El BM alcanzó una posición de referencia en cuanto a su capacidad de intervenir en la transnacionalización de estas propuestas, especialmente desde 1992. Esto fue posible tanto por su habilidad para financiar proyectos específicos, como por su papel en la producción de un corpus analítico capaz de respaldar la relevancia de implementar este tipo de transformaciones (Burgos Silva, 2000, p. 48). En la Conferencia sobre Reforma Judicial en América Latina y El Caribe –Washington-Estados Unidos, 1994–, la entidad puso énfasis en que

 

El mal desempeño del Poder Judicial es producto de muchas deficiencias, entre las que se encuentran: leyes y procedimientos arcaicos, falta de independencia, capacidad administrativa inadecuada, deficiente administración de los casos, políticas y prácticas no competitivas de personal, sistemas de control de gastos que carecen de transparencia, capacitación jurídica inadecuada, débiles sanciones por prácticas que fallan a la ética, entre otros (Dakolias, 1997).

 

La jornada, que contó con la participación de funcionarios y magistrados argentinos, destacó la necesidad de modernizar el sistema judicial con el objetivo de responder a las demandas del mundo contemporáneo. Informes de otras entidades como la FIEL enfatizaron sobre esta postura. En su texto titulado “La reforma del poder judicial en la Argentina”, por ejemplo, daban cuenta de la existencia de “un Poder Judicial ineficiente, con un presupuesto holgado (o,63% del PBI en 1993) y personal numeroso, que goza de sueldos altos y excesivos beneficios”. El trabajo continúa afirmando que el “sistema judicial argentino parece ser caro, tanto presupuestariamente como en los gastos legales privados”, y añade que “tanto en España como en los EEUU se atienden un 50% más de casos que en Argentina y, además, en ambos países lo hacen con una dotación de personal por juez similar”. Por último, la investigación explicita que es preciso “eliminar los privilegios que contiene el régimen de licencias y horario de la administración judicial”, ya que “incentivan una baja productividad del empleo”.[4] En consonancia, la JUFEJUS presentó al BID el Plan Anual Operativo (PAO) en 1999, en el marco del “Programa de Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia” que promovía dicho organismo. En su letra indican que “los problemas de la justicia no son de recursos financieros ni de dotación de personal (...) [por lo que] el servicio de justicia puede mejorar con planificación”.[5] Entre los objetivos propuestos para tal fin se incluían lineamientos coincidentes con los del BM, como la actualización normativa, el diseño de estándares para medir el rendimiento y desempeño del personal y la supresión de áreas obsoletas.[6]

Poco después de la asunción presidencial de Fernando De la Rúa, el BM presentó el Plan Indicativo, un documento que cuestionaba la ineficiencia del sistema judicial y la mora existente en la resolución de pleitos. En línea con diagnósticos previos, advertía que

 

Las nuevas relaciones de negocios demandan decisiones imparciales y transparentes. Si no se cumple esta condición, los costos y riesgos de las transacciones comerciales aumentan, impulsando un incremento del riesgo país.[7]

 

Desde la perspectiva del organismo, esta situación generaría una “reducción del tamaño de los mercados, perjudicando la competitividad”.[8] Además, señalaban que la corrupción y el uso de influencias personales eran prácticas habituales en los tribunales argentinos, que la planta del personal judicial era onerosa, y que los profesionales del derecho carecían de una formación adecuada, fruto de la falta de rigor en los procesos de ingreso a la universidad pública, produciendo deficiencias en el sistema.[9]

En síntesis, las reformas judiciales buscaron transformar tanto los procedimientos como la gestión administrativa. También incluyó la modificación de los códigos penales y civiles, la creación de órganos para la selección, remoción y disciplina del personal y la sustitución del modelo inquisitivo por un sistema oral de carácter acusatorio. En el ámbito administrativo se promovió la reestructuración de la gestión en áreas específicas, la modernización de los sistemas de informática, la incorporación de tecnologías en los despachos, la mejora de la infraestructura y la constitución de mecanismos alternativos de resolución de conflictos (Nagle, 2003, p. 245).[10]

Las entidades de crédito convocaron a juristas y especialistas encargados de diseñar un modelo de justicia estandarizado, susceptible de ser implementado en distintos países de la región. Para medir el impacto de estas iniciativas, se crearon indicadores internacionalmente avalados que establecen criterios comparativos y certificaron avances mediante sistemas de puntuación y evaluación (Pásara, 2013, p. 77). No obstante, estos proyectos desatendieron aspectos cualitativos relacionados con la experiencia de los usuarios y las percepciones del propio personal judicial.

Paralelamente a la implementación de las reformas judiciales, creció la desconfianza hacia un Poder Judicial visto como corrupto y burocrático, agravada por las intervenciones del gobierno de Menem, que mediante leyes y decretos de necesidad y urgencia buscó debilitar su autonomía y neutralizar sus decisiones. La pérdida de legitimidad se hizo especialmente evidente durante la crisis político-institucional de diciembre de 2001, cuando las movilizaciones exigieron la destitución de los miembros de la CSJN mediante protestas, “escraches” y cacerolazos frente a sus domicilios (Acuña, 2003). En ese escenario de descrédito, las reformas promovidas por organismos internacionales y las iniciativas alternativas de los trabajadores judiciales se desarrollaron en un contexto de institucionalidad en crisis.

 

¿Qué justicia para qué rumbo? Resistencias regionales-locales frente a regulaciones globales

 

Con la apertura democrática de 1983 se produjo un recambio dirigencial en la FJA, momento en que comenzaron a posicionarse un sector de referentes de la AJB, vinculados históricamente al PC, que asumieron la conducción de la Federación en alianza con un ala de judiciales peronistas provenientes del SITRAJUR.[11] Al respecto, Mendibil manifiesta:

 

Eduardo [Fernández Novoa] cambia el perfil de la Federación, esa nueva conducción con él, con Omar Gorini, con algunos de nosotros, con Julio Bartomeu. Porque la característica de la vieja Federación no estaba para avanzar en el terreno de una posición más clasista. Y Eduardo asume ese rol, desde el social cristianismo él abraza la lucha de clase, la comparte y la lleva adelante. Pasa a ser un referente nacional y pasa a ser un referente de lo que es el movimiento, en ese momento, del mundo sindical a nivel latinoamericano y mundial.[12]

 

Estos cambios en las formas de concebir la política federativa cobraron mayor expresión a partir del arribo de Mendibil (AJB) a la secretaría general en 1994. Apenas asumió su mandato, el dirigente impulsó una serie de acciones concretas. Una de ellas consistió en crear el CEFJA, un centro de estudios destinado a elaborar materiales de formación y de organizar instancias de capacitación sobre temáticas relevantes para los trabajadores, y cuya dirección estuvo en manos de intelectuales de inclinación marxista que fueron convocados para tal fin. Otra tuvo que ver con fortalecer las redes sindicales internacionales y de América Latina en particular, siendo la conexión con los judiciales del Cono Sur un objetivo central en ese sentido.

Desde la Federación manifestaban que

 

La formación del centro [de estudios] no sólo tendrá incidencia sobre los trabajadores de la justicia, sino que sumará sus aportes a los otros centros de organizaciones sindicales, sociales y políticas del país y en el exterior.[13]

 

Entre sus objetivos, se encontraban:

 

A) Organizar las actividades educativas de la FJA y sus organizaciones de base, B) Desarrollar un centro de documentación en base a producción editorial propia (investigaciones, documentos, etc), C) Producir informes sobre distintos aspectos de la coyuntura económica, política y social, local e internacional, D) Promover el acercamiento del movimiento sindical con la intelectualidad y sus instituciones, centros de estudios e investigaciones, escuelas y/o universidades, E) Articular la labor específica con centros similares de Argentina, Latinoamérica y el mundo.[14]

 

Con relación a su estructura, señalaban que el CEFJA estaría integrado

 

Por el secretario de cultura de la FJA y los demás compañeros que al efecto designe la conducción. Para ello se tendrá en cuenta las estructuras preexistentes de las organizaciones de base, los compañeros con vocación particular en las tareas educativas, comunicacionales … los colaboradores que en distintos momentos aportaron su capacidad profesional y militante para realizar tareas específicas ... [también] deberá designarse un comité de dirección, cuya función será sentar los planes, presupuestos, evaluaciones y rendiciones correspondientes a la conducción. De su seno se elegirá la secretaría ejecutiva (1 a 3 personas) que asumirá el funcionamiento cotidiano de las actividades aprobadas. Se deberá asignar un presupuesto para el funcionamiento regular y estará condicionado a la existencia de un plan integral aprobado oportunamente.[15]

 

Desde la conducción de la Federación entendían que el debate sobre temas de diversa naturaleza sólo podría ser posible a través del fortalecimiento y ejercicio de una democracia participativa, en donde las voces de los afiliados adquieran un rol protagónico mediante espacios de discusión específicos. En ese marco, Ulises Gorini, quien además de formar parte del CEFJA fue nombrado asesor legal de la FJA durante la gestión de Mendibil, destaca los efectos favorables que tuvo la concreción del centro de estudios para tal fin:

 

Creo que desde hace muchos años la FJA es un ejemplo de democracia interna. La pluralidad, la diversidad ideológica, política. Pero siempre fundado en coincidencias básicas de democracia sindical, de clasismo, de sindicalismo para la transformación ... Mendibil sin dudas creo que fue el dirigente judicial más importante de nuestra historia, o uno de los más importantes. Pero no es solamente Mendibil. Venía de un proceso en la AJB donde se había instalado un sindicalismo clasista, democrático, pluralista de una larga tradición. Con Mendibil llega, en alguna medida, esa corriente sindical que coincide por supuesto con otros procesos provinciales. Porque sino la AJB sola no hubiese logrado ninguna hegemonía. Coincidió con la confluencia con otros sindicatos que estaban haciendo un proceso similar.[16]

 

En ese camino, la tarea del CEFJA era central:

 

La idea de un Centro de Estudio también acompaña esta idea de un trabajo sobre la subjetividad distinta, de trabajar sobre la conciencia de los trabajadores. De hacer pedagogía. Porque solo un sindicalismo de transformación necesita esto como un reaseguro para una lucha contrahegemónica de verdad. Nace el centro de estudios no solo como una idea de educar, sino de investigar, de generar conocimiento, que es la clave de un trabajo contra-hegemónico.[17]

 

Uno de los propósitos del CEFJA fue la formación de cuadros sindicales. Para ello, se diseñó una agenda de discusión que trascendía la resolución de los problemas inmediatos del sector judicial. Los talleres ofrecidos abordaban temáticas como la historia del movimiento obrero argentino, aspectos de la economía y el orden mundial, entre otros ejes considerados clave para el fortalecimiento de la clase trabajadora y la construcción de una sociedad más equitativa. En este sentido, el economista Julio Gambina, uno de los miembros del centro, señala:

 

En general siempre hubo mayor interés en el tema formación ... Hay una primera etapa donde la idea era formar cuadros de todo el país. Y se organizaron cursos cortos en el alojamiento de la Federación, en Capital [Federal]. Donde una veintena de compañeras y compañeros de todo el país hacían una formación acelerada específica, donde se hablaba del mundo, de la región y de la Argentina desde el punto de vista histórico, de la coyuntura económica, de los desafíos para el movimiento obrero. Muchos de esos participantes se transformaron en dirigentes en sus sindicatos de base y fueron miembros de la conducción nacional de la Federación. O sea que la formación tuvo un impacto ... Sirvió para generar identidad y pertenencia.[18]

 

A través de jornadas de formación realizadas en distintas regiones del país, los judiciales, en su triple condición de empleados, usuarios y ciudadanos, reflexionaron colectivamente sobre el modelo de justicia que deseaban promover. Apoyados en materiales de estudio producidos desde el CEFJA, los trabajadores nucleados en la FJA analizaron las bases y fundamentos de los proyectos de reforma judicial diseñados por los organismos de crédito. Como resultado de esos intercambios, comenzaron a esbozar una contrapropuesta que hicieron extensible a los espacios de socialización de los que participaban como Federación.

Dado que las reformas se implementaban de simultáneamente en varios lugares de la región, los judiciales argentinos comprendían que cualquier propuesta debía surgir del debate colectivo entre las asociaciones del continente. Esta convicción dio lugar a la creación de la Coordinadora de Judiciales del Cono Sur en 1993, siendo el análisis del tópico aludido un tema central de su agenda. A través de encuentros periódicos realizados en distintos países, la Coordinadora promovió instancias de discusión que derivaron en la elaboración de proyectos comunes. Así lo recuerda Julio Bertomeu, dirigente de la AJB-FJA:

 

Yo a la discusión de la reforma judicial lo vínculo con otro momento histórico muy importante, que fue la creación de la Coordinadora de Trabajadores del Cono Sur ... Y se hizo en la década del noventa con la transformación del Poder Judicial. Donde trajimos el problema del Poder Judicial, la Constitución del Poder Judicial que queríamos. Incorporamos a la discusión la cuestión de la justicia, cosa que en los laburantes nadie decía nada ni lo tenían registrado ... y armamos a la Coordinadora desde la Federación en el momento de varias transformaciones, como la caída de la Unión Soviética ... El Poder Judicial es muy importante. Y toma medidas. Y no puede ser que los trabajadores, que somos quienes sufrimos esas consecuencias, no lo tomáramos como un problema. Y en ese problema estuvimos nosotros.[19]

 

Algunos de los puntos planteados en el marco de dichos encuentros, y que sirvieron de base para construir una propuesta alternativa, fueron:

 

1) La independencia del Poder Judicial, tanto técnica como económica, de sus políticas y todo intento de privatización en cualquiera de sus funciones, 2) Que la justicia debe ser prestada por el Estado en forma gratuita y que esta no debe responder a ningún modelo económico y político, 3) La dignificación del empleado judicial a través de la capacitación, siendo esta última una obligación del Estado, debiendo proveer de los recursos e infraestructuras necesarias, además proveerlo de un salario justo; y 4) Repudiar la falsa idea que se difunde acerca de la ineptitud, ineficacia y lentitud de la administración de justicia creada por grupos que tienen intereses ... para fines propios.[20]

 

Para los judiciales nucleados en la Coordinadora de Judiciales del Cono Sur estas reivindicaciones constituían “los principios básicos de una verdadera reforma judicial al servicio de la sociedad”.[21] Ideas similares se sostuvieron en las jornadas posteriores. En el documento de clausura de su VI Encuentro, realizado en Porto Alegre-Brasil (1998), plantearon la necesidad de elaborar una contrapropuesta de Justicia “al servicio del pueblo que garantice los derechos humanos y la defensa del patrimonio social de nuestras naciones”. Para ello –argüían– era preciso colocar

 

un dique al avance del proyecto neoliberal del FMI en la justicia ... [la cual buscaba] transformarla en un Poder Judicial dirigido a proteger los intereses de los inversores, de los especuladores y de sectores minoritarios que concentran la riqueza que producen nuestros países.[22]

 

La relevancia de estos encuentros adquirieron una importancia creciente, al punto que, gracias a la iniciativa de la Coordinadora y a través del respaldo de otras centrales regionales como la Coordinadora Latinoamericana de Servidores Públicos (CLASEP),[23] la CLAT y la CLATE, se logró organizar el Primer Encuentro Continental de Trabajadores Judiciales, celebrado en la UTAL (Venezuela) del 14 al 18 de junio de 1999. El evento incluyó conferencias y talleres, entre ellos uno dedicado al análisis de las reformas judiciales en América Latina, donde examinaron la relevancia de los procedimientos orales, el rol del arbitraje, la mediación y la conciliación, el impacto tecnológico en la justicia, la sustitución de personal derivada de estos cambios y los aspectos presupuestarios relacionados.[24]

Los trabajadores judiciales argentinos impulsaron el debate sobre la transformación del Poder Judicial tanto entre sus pares de América Latina como en diversos ámbitos gremiales. Desde su activa participación en la CTA, lograron que la reforma judicial se incorporara como prioridad en su agenda:

 

Una cosa muy importante fue cuando la Federación logra que uno de los congresos de la CTA ... adopte un proyecto de Reforma Judicial por primera vez. Mendibil fue uno de los grandes artífices de esto: logra interesar por primera vez al movimiento obrero en la reforma del Poder Judicial. Sin este antecedente no hubiéramos logrado, por ejemplo, que el movimiento obrero se comprometiera, luego, con la gran consigna del 2001 sobre la remoción de la Corte Suprema de Justicia de Nación.[25]

 

Apropósito de esto, Mendibil manifestó:

 

Nosotros llevamos a los Congresos de la CTA siete, ocho, diez mil compañeros de todo el país que se hicieron en el Luna Park, en el estadio de Mar del Plata. Y estaba la comisión que la presidía siempre Antonio Cortina, que a veces era solamente de justicia y a veces era justicia y derechos humanos. Donde se debatía… Esto del Consejo de la Magistratura y la participación popular se discutía con el conjunto de los trabajadores de distintos sectores. Y entonces por eso en el tratamiento pudieron estar (...) la docente o la compañera que venía del sindicato de comercio ... Y tuvieron la preparación, la capacitación para llevar adelante ese debate producto de ese [intercambio]. No es solamente que “tiraron el papel”, no: después había formación en la CTA y había formación en la Federación Judicial.[26]

 

En el I Congreso Nacional de la CTA realizado en el Estadio Luna Park de Buenos Aires los días 4 y 5 de noviembre de 1996 –y del que participaron cinco mil delegados de todo el país–, operó, de hecho, una Comisión destinada a tratar cuestiones de “Justicia y Derechos Humanos”, cuya coordinación cayó en manos del judicial Jorge Izquierdo, para entonces secretario adjunto de la FJA. De las deliberaciones surgieron diversos puntos, como el hecho de que exista “un Poder Judicial racionalmente adecuado a las necesidades de nuestro pueblo y no a modelos supuestamente exitosos”. También se sostuvo que aquel modelo debía resultar de “una expresión genuina y soberana de nuestra Nación y de nuestra capacidad creadora”, hecho para lo cual era imprescindible “Sumar todas las voces para exigir una justicia sin compromisos partidarios o ideológicos con los gobiernos de turno, que haga respetar la soberanía, la constitución, los derechos humanos y el patrimonio nacional”. También se subrayó que el Poder Judicial “debe brindar señales claras e inmediatas de credibilidad a la población”. Para esto, consideraban preciso “que el Senado dicte un reglamento interno estableciendo qué condiciones de identidad jurídica y moral, independencia de criterio y trayectoria ... [debe contar aquel agente apto para integrar] la CSJN, sus reemplazantes y los titulares del Ministerio Público”.

Otros puntos sobre los que insistieron fue en la necesidad de que se creara el Consejo de la Magistratura “con elección democrática de sus miembros y participación directa de la ciudadanía y los trabajadores del sector”, que se controlara “la evolución patrimonial de magistrados y allegados”, que se adecúe “el sistema judicial a las necesidades y características sociales mediante la modernización del trabajo y la garantía de lugares dignos de labor”, y que se respetara “el derecho a la carrera de los trabajadores judiciales [así como] al Convenio Colectivo de Trabajo y a un sistema salarial justo, basado en el respeto de la ley porcentual y de blanqueo de los pasantes o meritorios que trabajan gratis”.[27]

El Pregón Judicial fue otra de las herramientas de la cual los judiciales se valieron para reflexionar respecto a los efectos de las reformas judiciales. En algunas ediciones el tema ocupó suplementos enteros, mientras que en otras se le asignó una sección especial. En todos los casos, la preocupación se mantuvo como un eje central y recurrente en sus publicaciones. Allí se destaca el análisis del periodista Daniel Giarone, quien fue convocado para escribir una columna regular sobre las propuestas impulsadas por los organismos de crédito en materia judicial. Sus intervenciones destacaron los posibles impactos de esos cambios, promoviendo discusiones de mayor profundidad. En una de sus notas, por ejemplo, remarcaba que

 

La transformación de la cultura laboral de quienes trabajan en la Justicia es el aspecto menos difundido de la reforma judicial ... Detrás de las invocaciones a la celeridad y la eficiencia, de la implementación de la figura del administrador judicial y de los cuestionamientos a la estabilidad en el empleo y a un sistema salarial porcentual, asoma un régimen laboral muy similar al que hoy caracteriza a las grandes empresas de servicios del sector privado.[28]

 

Frente a las propuestas emanadas por estas agencias, desde la Federación manifestaban que

 

Los bajos salarios, cuando no la reducción de los mismos, y la precarización laboral son un obstáculo serio para cualquier cambio profundo. No puede existir un buen servicio de justicia si una parte significativa de sus agentes son mano de obra gratuita ... La necesidad de transformar al Poder Judicial es algo que nadie discute. Tampoco la urgencia en colocar en el centro del debate público la discusión acerca del sentido de la reforma y sus objetivos. Así lo entiende la FJA, que durante la última reunión de su mesa directiva resolvió volver a reclamar a las autoridades judiciales “un amplio debate sobre el modelo de justicia, los nuevos códigos de procedimiento y la participación de la comunidad en la elección de los jueces a través de los consejos de la magistratura”, además de “la elaboración de presupuestos que contemplen las partidas suficientes para garantizar la carrera judicial y el restablecimiento del sistema de porcentualidad salarial.[29]

 

También dirigieron críticas a iniciativas específicas como el PAO. Desde la FJA sostenían que dicho plan no se limitaba a enunciados genéricos, ya que éste aconsejaba

 

Rever horarios de trabajo, vacaciones (feria), dedicación, incompatibilidades, control de gestión y el cumplimiento de las tareas ... Haciendo votos por la precarización, ... [el plan] califica la estabilidad laboral en la justicia como “inconveniente”, ya que “los empleados solo pueden ser removidos después de un costoso proceso de sumario”. También rechaza el sistema salarial basado en la porcentualidad, por ser una “condición que introduce fuertes rigideces a nivel del gasto” ... [y] deja la aplicación de esta política de recursos humanos en manos de un administrador o inspector judicial encargado ... del control de planta (su evolución vegetativa, la necesidad de nuevos cargos y el perfil de éstos), reorganizar el personal (control de horarios, el ausentismo), liquidar los haberes, controlar los concursos para el ingreso y el perfil de los cargos a cubrir, así como los requisitos para los ascensos, la capacitación obligatoria, etc. El administrador judicial dependería del Centro de Política Judicial y Control, órgano que estaría bajo la órbita de la JUFEJUS ... [Así] La reforma judicial intentaría adecuar la administración de justicia a las máximas que rigen la sociedad de mercado.[30]

 

En síntesis, las discusiones impulsadas en la FJA y proyectadas hacia la región muestran que los judiciales no se limitaron a reaccionar frente a las reformas promovidas por los organismos de crédito, sino que elaboraron una lectura sobre su sentido y sus efectos. La creación del CEFJA, la articulación continental a través de la Coordinadora del Cono Sur y la instalación del tema en ámbitos gremiales más amplios, como la CTA, evidencian la voluntad de disputar el significado mismo de la “modernización” judicial.  Para la Federación, el eje no podía reducirse a cuestiones técnicas o procedimentales, sino que implicaba discutir qué modelo de justicia se estaba configurando y a favor de qué intereses. Al colocar en primer plano la independencia judicial, las condiciones de trabajo y el carácter público del servicio, los trabajadores elaboraron propuestas alternativas a las de los organismos multilaterales y consolidaron un núcleo de análisis para debatir estos temas, mostrando que toda reforma judicial implica definiciones más amplias sobre el rumbo institucional y democrático.

 

Conclusiones

 

La crisis de legitimidad y eficiencia que atraviesan los sistemas judiciales en América Latina —y particularmente en Argentina— ha hecho de la reforma judicial una demanda insoslayable. No obstante, muchas de las iniciativas promovidas por los organismos de crédito presentan serias limitaciones, especialmente en lo que respecta a la participación de los actores locales en su diseño y ejecución, ya que las iniciativas son desarrolladas por consultores contratados para tal fin. En consecuencia, se desestima la perspectiva de quienes participan directamente en el funcionamiento de la justicia. Esto abarca tanto a quienes la administran —empleados, funcionarios y magistrados— como a los ciudadanos/usuarios que acuden a ella en busca de la resolución de conflictos. La ausencia de instancias de diálogo con estos sectores deriva, por tanto, en una escasa aceptación social de las reformas impulsadas.

Salvando las distancias en cuanto al contenido y énfasis de los distintos proyectos de reforma, los organismos internacionales coinciden en resaltar la “seguridad jurídica” como un requisito para promover mejoras en términos de desarrollo económico. Un sistema judicial autónomo y predecible estimularía no sólo un avance en este sentido, sino que garantizaría la participación en un mercado complejo y competitivo. Dado que la cuestión social no constituye una prioridad, sus efectos suelen ser regresivos, profundizando las desigualdades en el acceso a la justicia. En suma, el sistema judicial deja de concebirse como un fin en sí mismo para pasar a ser un instrumento al servicio del modelo económico, desatendiendo los principios fundamentales que lo definen como institución encargada de impartir y garantizar justicia.

El debate sobre la reforma judicial en la FJA se fortaleció gracias a una conducción que promovió su apertura, en un contexto en el que los países del Sur Global se convirtieron en laboratorios para ensayar transformaciones destinadas a adaptar sus economías a las exigencias de la nueva fase del capital. Mediante instancias de formación interna, la difusión de contenidos en el Pregón Judicial y el intercambio mediante redes ampliadas, la FJA instaló la problemática en las organizaciones donde tenía presencia y proyectó su influencia hacia espacios regionales y supranacionales —como la Coordinadora de Judiciales del Cono Sur— y hacia ámbitos confederados como la CTA, donde logró sensibilizar a trabajadores de diversos sectores sobre la relevancia del tema. Examinando los tópicos de discusión de los encuentros y los materiales de formación pudimos observar que los judiciales promovieron la transformación de la justicia en un sentido democratizador, generando mecanismos equitativos para su personal vía la redistribución de los fondos presupuestarios, pero también en términos externos, estimulando un mayor acceso al sistema para población vulnerable, agilizando las instancias procesuales y habilitando la participación popular en los procesos de nombramiento, remoción y disciplinamiento de magistrados y funcionarios.

La incidencia de la tradición comunista en el CEFJA también aportó marcos interpretativos y categorías analíticas que influyeron en la elaboración de propuestas dentro de la Federación. Sus intelectuales introdujeron prácticas políticas propias, como el énfasis en la formación teórica, la lectura comparada de experiencias latinoamericanas, la articulación entre diagnóstico socioeconómico y discusión jurídica, y la construcción de alianzas con otros sectores del movimiento sindical y académico. Asimismo, sus líneas interpretativas se combinaron y convergieron con demandas históricas de los trabajadores judiciales, tales como la defensa del carácter público de su gestión y la necesidad de ampliar el acceso a la justicia. En suma, la influencia comunista dotó a los judiciales de una mayor densidad conceptual a la hora de pensar las problemáticas judiciales, insertando aquellos conflictos en procesos regionales y globales más amplios.

En relación con la circulación de ideas entre sindicatos judiciales latinoamericanos, es importante señalar que el debate no se limitó a un mero intercambio informativo. Espacios como los encuentros de judiciales del Cono Sur ampliaron el horizonte interpretativo de cada estructura, evidenciando que las problemáticas de los sistemas judiciales nacionales tenían su correlato en otras experiencias de la región.

Aunque se han aprobado nuevas leyes, mejorado infraestructuras y modernizado procedimientos, los sistemas judiciales no han experimentado transformaciones sustanciales en términos de eficiencia ni en la superación de prácticas corporativas arraigadas. Aún persisten problemas ligados a la corrupción, el retraso procesal, la politización de la justicia y barreras en el acceso. Al mismo tiempo, los préstamos internacionales han incrementado el endeudamiento y reforzado la dependencia de los Estados frente a los organismos financiadores. La cuestión no reside en negar la necesidad de reformas, sino en examinar sus objetivos, fortaleciendo la participación de actores nacionales, organizaciones de trabajadores y colegios profesionales, incorporando saberes, demandas y propuestas surgidas de la experiencia. Ello exige abandonar enfoques estandarizados y promover reformas situadas, acordes con las especificidades históricas, sociales y culturales, que garanticen transformaciones sostenibles y legítimas. Para lograrlo, es preciso institucionalizar mesas de diálogo entre el Estado, los trabajadores judiciales y los funcionarios, junto con mecanismos que integren a la ciudadanía a través de canales que recojan sus demandas y expectativas. Solo un proceso que articule los planos técnico, institucional, laboral y social permitirá construir los consensos necesarios para promover un cambio acorde con las necesidades actuales.

 

Fuentes

 

Pregón Judicial. Buenos Aires, Consultados en la FJA.

Página 12. Buenos Aires, Consultado online.

Declaraciones de prensa y comunicados de la FJA (1984-2001). Consultados en la biblioteca del Centro de Estudios e Investigaciones Laborales, Archivo Personal Enrique Dimase.

 

Entrevistas realizadas por la autora

 

Ulises Gorini, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27/06/2024.

Víctor Mendibil, La Plata, 3/09/2024.

Julio Bertomeu, La Plata, 28/06/2024.

Julio Gambina, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6/02/2025.

 

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Recibido: 15/08/2025

Evaluado: 13/11/2025

Versión final: 26/11/2025

 

 



(*) Profesora, Licenciada y Doctora en Historia (Universidad Nacional de Córdoba. UNC); Diplomada en Relaciones del Trabajo y Sindicalismo (Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales y Universidad Metropolitana para la Educación y el Trabajo). Becaria posdoctoral (Instituto de Humanidades. UNC / Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas), Argentina. Email: [email protected] ORCID: https://orcid.org/0000-0001-7091-5589

[1] Redactados por la Central Intelligence Agency (CIA) para sentar las bases de penetración de Estados Unidos en América Latina.

[2] Institución que nuclea a los máximos tribunales judiciales de las provincias argentinas y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

[3] Estados Unidos comenzó a consolidar un aparato institucional para impulsar reformas judiciales en Latinoamérica. En 1983, el Departamento de Estado creó un grupo dedicado a estudiar la justicia en la región. Un año después, la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) lanzó su primer proyecto en El Salvador, y en 1985 el Congreso autorizó extender estas iniciativas a otros países. Paralelamente, USAID formó una Oficina de Administración de Justicia para ofrecer asistencia técnica y financiera, ampliada en 1986 para incluir recomendaciones dirigidas a Sudamérica (Pásara, 2013, p. 77).

[4] Pregón Judicial, Buenos Aires, Año VIII, N° 44, julio-agosto de 1997, “Que pase lo que sigue”, 3.

[5] Pregón Judicial, Buenos Aires, Año VIII, N° 54, junio-julio de 1999, “Flexibles, precarios y exigidos”, 12-14.

[6] Pregón Judicial, Buenos Aires, Año VIII, N° 54, junio-julio de 1999, “Flexibles, precarios y exigidos”, 12-14.

[7] Página 12, Buenos Aires, 6/02/2000, consultado en: https://n9.cl/mek0v [en línea]

[8] Página 12, Buenos Aires, 6/02/2000, consultado en: https://n9.cl/mek0v [en línea]

[9] Página 12, Buenos Aires, 6/02/2000, consultado en: https://n9.cl/mek0v [en línea]

[10] Pregón Judicial, Buenos Aires, Año VIII, N° 52, enero-marzo de 1999, “Con pronóstico reservado”, 16-17.

[11] La AGEPJ siguió contando con representación en la Comisión Directiva de la FJA, siendo Juan Alaimo el secretario gremial para el período iniciado en 1983. (FJA, Comunicado, 7/12/1983). No obstante, el gremio judicial cordobés fue desplazado del lugar referencial del que había gozado la década anterior, no formando parte de la “mesa chica” que definía la política federativa.

[12]   Entrevista a Víctor Mendibil realizada por la autora, La Plata, 3/09/2024. Oriundo de Dolores, Buenos Aires, Mendibil ingresó a trabajar en el Juzgado Civil N° 2 de su localidad en 1964. Su acercamiento a la AJB estuvo vinculado a la necesidad de alcanzar la efectivización de su puesto de trabajo. Fue así que participó de las movilizaciones impulsadas por el gremio en pos de lograr el pase a planta permanente de los practicantes. Para 1972 integró puestos en la Comisión Directiva Provincial de la AJB, primero como tesorero y luego como secretario general. En 1994 pasó a ser el máximo referente de la FJA, papel que ocupó hasta entrado el siglo XXI. También fue secretario gremial de la CTA al momento de la creación de la entidad y presidente de la CLATE, por mencionar algunos de los cargos de relevancia.

[13] Pregón Judicial, Buenos Aires, Año VI, N° 29, febrero de 1995, “Creación de un nuevo organismo”, p. 4.

[14] Pregón Judicial, Buenos Aires, Año VI, N° 29, febrero de 1995, “Creación de un nuevo organismo”, p. 4.

[15] Pregón Judicial, Buenos Aires, Año VI, N° 29, febrero de 1995, “Creación de un nuevo organismo”, p. 4.

[16] Entrevista a Ulises Gorini realizada por la autora, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27/06/2024. Oriundo de La Plata, Buenos Aires, Gorini proviene de una familia de militantes comunistas. Su padre, por caso, fue el conocido dirigente Floreal Gorini, dirigente bancario, diputado por el PC, presidente del Instituto Movilizador de Fondos Cooperativos y primer director del Centro Cultural de la Cooperación que hoy lleva su nombre. En tanto, Ulises es abogado recibido por la Universidad de Buenos Aires (UBA), periodista, escritor y guionista. Ejerció como redactor y jefe de redacción de varios medios de comunicación, y desde el año 2005 dirige la revista Acción, publicada por el Instituto de Fondos Cooperativos. Es autor de diversos libros periodísticos, históricos y de ficción, como La rebelión de las Madres (2006) y La otra lucha (2008). Desde la asunción de Mendibil a la secretaría general Gorini se desempeña como asesor legal de la Federación, a la vez que produce materiales de formación y es conferencista en instancias congresales realizadas por la organización.

[17] Entrevista a Ulises Gorini realizada por la autora, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27/06/2024.

[18] Entrevista a Julio Gambina realizada por la autora, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6/02/2025. Marxista declarado, Gambina es contador público por la UNL y Doctor en Ciencias Sociales por la UBA. Es Profesor Titular de Economía Política en la UNR, integró el Comité Ejecutivo de CLACSO (2006-2012) y copresidió la Sociedad de Economía Política y Pensamiento Crítico de América Latina (2016-2018). Actualmente dirige el CEFJA, produce materiales de formación y asesora a su Comisión Directiva. También dicta clases de grado y posgrado en universidades públicas de Argentina y la región. Entre sus obras se destacan Los años de Menem. Cirugía mayor (2002, coautor), El terrorismo de Estado en la Argentina (2010, coautor) y Crisis del Capital (2007/2013) (2013).

[19] Entrevista a Julio Bertomeu realizada por la autora, La Plata, 28/06/2024. Bertomeu ingresó al Poder Judicial bonaerense en 1955 como practicante en un juzgado civil, con apenas 14 años, y más tarde se desempeñó como empleado de la Suprema Corte provincial. A fines de los años sesenta participó en las experiencias asamblearias que dieron origen a la AJB; luego, ocupó cargos centrales, entre ellos la secretaría general de la seccional La Plata y, en 1994, la secretaría general de la Comisión Directiva Provincial. También fue secretario adjunto suplente de la FJA (1991) y secretario de cultura y capacitación de la Federación entre 2000 y 2009, por mencionar algunos puestos de relevancia.

[20] Pregón Judicial, Buenos Aires, Año VII, N° 38, agosto-septiembre de 1996, “IV Encuentro de Trabajadores Judiciales del Cono Sur”, 14.

[21] Pregón Judicial, Buenos Aires, Año VII, N° 38, agosto-septiembre de 1996, “IV Encuentro de Trabajadores Judiciales del Cono Sur”, 14.

[22] Pregón Judicial, Buenos Aires, Año VII, N° 38, agosto-septiembre de 1996, “IV Encuentro de Trabajadores Judiciales del Cono Sur”, 14.

[23] Organización regional de la Federación Internacional del Personal de los Servidores Públicos (INFEDOP) y afiliada a la CLAT.  Pregón Judicial, Buenos Aires, Año VII, N° 35, febrero de 1996, “¿Qué es la CLASEP?”, 14.

[24] Pregón Judicial, Buenos Aires, Año VIII, N° 53, abril-mayo de 1999, “Primer encuentro continental de trabajadores judiciales”, 8.

[25] Entrevista a Ulises Gorini, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27/06/2024.

[26] Entrevista a Víctor Mendibil, La Plata, 3/09/2024.

[27] El congreso contó con respaldo internacional y durante su realización se leyeron adhesiones de organizaciones regionales y mundiales. El evento culminó con una movilización desde el Luna Park hasta la sede del Ministerio de Trabajo de la Nación. Pregón Judicial, Buenos Aires, Año VII, N° 40, noviembre-diciembre de 1996, “Un poder judicial al servicio del pueblo”, 6-7.

[28] Pregón Judicial, Buenos Aires, Año VIII, N° 54, junio-julio de 1999, “Flexibles, precarios y exigidos”, 12-14.

[29] Pregón Judicial, Buenos Aires, Año VIII, N° 52, enero-marzo de 1999, “Con pronóstico reservado”, 16-17.

[30] Pregón Judicial, Buenos Aires, Año VIII, N° 54, junio-julio de 1999, “Flexibles, precarios y exigidos”, 12-14.