Instalación y supresión del primer gobierno municipal en Entre Ríos
(Paraná, 1860-1862)
Pedro Rodolfo Kozul(*)
Resumen
Proponemos
analizar cómo funcionó la primera municipalidad establecida en la Provincia de
Entre Ríos, de qué manera se conformó y cuál fue su naturaleza. Buscamos
relacionar la
instalación de la Municipalidad de Paraná –Capital transitoria de la Confederación Argentina– en 1860 y su supresión en 1862, con
las transformaciones territoriales, políticas y fiscales que tuvieron lugar en
esta provincia a mediados del siglo XIX. Partimos de un supuesto: consideramos a
las municipalidades como una nueva forma de gobierno a escala local más que
concebirlas como un poder administrativo. A partir del análisis de la normativa,
correspondencias y datos económicos, argumentamos que estamos ante un gobierno municipal con amplias prerrogativas, pero en un
contexto signado por enfrentamientos políticos entre las provincias
confederadas y el Estado de Buenos Aires que impidieron su desarrollo.
Palabras
clave: Municipalidad; Confederación Argentina; Estado; Siglo XIX.
Establishment
and suppression of the first municipal government in Entre Ríos (Paraná, 1860-
1862)
Abstract
We
pose to analyze the operations carried out by the first municipal council
established in the Province of Entre Ríos, how was it conformed and its
constitution. We try to relate the installment of Paraná Municipality -
transitory capital of the Argentinian Confederation - in 1860 and its
suppression in 1862, with the territorial, political and fiscal transformations
that took place in this province by the middle of the XIX century. We start
from a premise: to consider the municipal councils as a new form of government
at a local scale rather than conceiving them as administrative power. Through the
to legislation analyze, correspondences and economic data we argue that we are
before a municipal government with broad prerogatives, but in a context marked
by political confrontations between the confederated provinces and the State of
Buenos Aires which prevented its development.
Key
words: Municipality; Argentinian Confederation; State; XIX century.
Instalación
y supresión del primer gobierno municipal en Entre Ríos (Paraná, 1860-1862)[1]
Introducción
En 1853
la Constitución Nacional fijó la
obligación de contar con un régimen municipal en las provincias que por
entonces componían la Confederación Argentina y aseguró que cada provincia
confederada dictaría para sí una Constitución bajo el sistema representativo
republicano que “asegure su administración de justicia, su régimen municipal, y
la educación primaria gratuita” (Art. 5°).[2]
Pese a que desconocemos cuál era el significado de esas consignas o si los
estados provinciales compartieron o no la misma concepción, la Constitución de
la Provincia de Entre Ríos (sancionada en febrero de 1860) estableció una serie de rentas y fondos propios para las
municipalidades entrerrianas que se crearían “dentro del término de tres años”
(Art. 67°) y, con tales recursos, habrían de ocuparse en administrar las
reparticiones a su cargo: educación, seguridad e higiene, obras públicas y
hacienda (PDER, 1876a, p. 85).
Con la siguiente investigación, proponemos reconstruir la conformación de la Municipalidad
de Paraná - Provincia de
Entre Ríos. Un recorrido analítico que abarca desde su instalación en noviembre
de 1860 hasta la orden gubernamental de supresión en agosto de 1862. Pondremos
la mirada en las articulaciones, negociaciones y conflictos
propagados entre el primer gobierno municipal que se creó en territorio
entrerriano y los distintos representantes del estado provincial (y nacional) durante
la segunda mitad del
siglo XIX. Asimismo, recuperamos una mirada diacrónica de las dinámicas que
confluyeron en el tránsito de una organización política centrada en una
autoridad de carácter unipersonal: la Intendencia General de Policía que transferirá sus funciones a la
Jefatura Política –cuyos cargos eran designados de manera directa por el gobernador–
hacia un órgano colegiado compuesto por municipales electos a través del voto
popular. En líneas generales, exploramos una institución abordada de manera
tangencial en los tópicos sobre el estado en Argentina: la municipalidad en tanto nueva forma de gobierno a escala local.
Teniendo
en cuenta estos hechos nos preguntamos: ¿Cuál fue la naturaleza de esa primera
municipalidad que se estableció en la Provincia de Entre Ríos?, ¿Qué
tipos de relaciones existieron entre la instalación del cuerpo municipal en
Paraná y las transformaciones territoriales, políticas y fiscales que tuvieron
lugar en esta provincia a mediados del siglo XIX? Y en un nivel más específico: ¿Cómo se conformó este órgano
colegiado a nivel local?
Referimos
a un contexto donde por primera vez se conjugaron los intereses, acuerdos,
demandas y consensos provinciales mediante la conformación de una nueva
organización central que se creó a partir de la convergencia de catorce
provincias que precedieron al estado nacional y, por lo tanto, que comenzaron a
dirimir, hacia el segundo lustro de aquella centuria, las potestades entre
estado nacional, provincial y municipios (Bragoni y Míguez, 2010, p. 17). Como
sabemos, tras la caída del régimen confederal encabezado por Juan Manuel de
Rosas (febrero de 1852), la región rioplatense experimentó por una década “la
coexistencia de dos regímenes políticos que coincidieron en proclamar su propia
soberanía territorial por medio de sendas constituciones escritas: la
Confederación Argentina y el Estado de Buenos Aires” (Lettieri, 2008, p. 18).
Significó un intenso periodo de organización provincial y nacional que, después
de la victoria del Estado de Buenos Aires en la Batalla de Pavón (septiembre de
1861), adquirió otra dinámica con la hegemonía política porteña a escala
nacional tras la consagración presidencial de Bartolomé Mitre al mismo tiempo
que Entre Ríos dejaría de liderar la construcción de ese nuevo orden (Bressan,
2018, p. 27).[3]
No
hay duda que la mayoría de las investigaciones sobre gobiernos, poderes e
instituciones locales se han centrado preferentemente sobre el caso de Buenos
Aires y que los trabajos sobre la Confederación son escasos, pese a representar
una bisagra que articula la primera y la segunda mitad del siglo XIX en el
proceso de conformación estatal nacional (Lanteri, 2013, p. 70). Si al presente
panorama historiográfico le añadimos que existe una vacancia de conocimiento
sobre la implementación de los gobiernos municipales en diferentes escalas de
análisis y, respecto a la Municipalidad de Paraná (Capital transitoria de la
Confederación Argentina) en particular, podemos inferir que este artículo constituirá
un antecedente importante para repensar las construcciones de los poderes
locales según lo sucedido en Paraná, como
epicentro de un momento sumamente complejo vinculado a la etapa de construcción
del estado nacional argentino.
Organizamos este manuscrito en cinco partes. En la primera, abordamos la
conformación de municipios en Hispanoamérica y en algunas provincias del
actual territorio argentino. En segundo lugar, situamos en contexto el desarrollo histórico de
Paraná. Tercero, definimos la naturaleza de la Municipalidad de Paraná según su
normativa. En un cuarto apartado, analizamos perfiles sociopolíticos de sus
miembros y aspectos económicos. Por último, describimos las causas que
provocaron su supresión.
1. Los municipios
decimonónicos en Hispanoamérica: ¿Poderes administrativos o gobiernos locales?
Preguntarse
por la conformación histórica de los municipios decimonónicos en Hispanoamérica
es poner en evidencia su naturaleza doble y ambigua: por un lado, como
representantes de intereses locales frente al poder central; pero, por el otro,
subordinados a los conjuntos estatales en formación que intentaron
transformarlos en un poder administrativo capaz de asegurar el control de sus
territorios (Morelli, 2007, p. 116). Si bien los emergentes gobiernos
nacionales y estatales que surgieron en el siglo XIX trataron de restarles
prerrogativas a los pueblos organizados alrededor de los municipios, Federica Morelli
(2008, p. 51) considera que éstos comprendieron un “poder autónomo con respecto
al Estado” y no una simple configuración administrativa desprovista de poderes
y fueros particulares. Del mismo modo, puede observarse que las prerrogativas
otorgadas a las municipalidades peruanas desde la primera Constitución del Perú
[1823], fueron caracterizadas por las autoridades políticas nacionales y
regionales como un “cuarto poder del Estado, más independiente de los demás”
(Chiaramonti, 2007, p. 152). Esta metáfora también se aplicó a estudios
situados en México que indagaron sobre las formas que adquirió la incorporación
de los pueblos de indios a la institucionalización municipal durante la primera
mitad del siglo XIX: como una “tercera esfera de poder” tras la federación y
los estados, con la premisa de recuperar las tradiciones y libertades
municipales heredadas de la época colonial (Salinas Sandoval, 1996, p. 22). En
esta tónica, algunos funcionarios de la República de Ecuador plantearon en el
Congreso Nacional su preocupación ante el aumento de potestades acumuladas por
los “municipios republicanos” que, según ellos, “excedían a la de una rama del
poder administrativo” (Velazco Herrera, 2013, p. 113). Con otro enfoque, Yovana
Celaya Nández (2019, p. 23) en su trabajo sobre la hacienda municipal de
Orizaba entre 1870 y 1890, sacó a la luz que el poder federal mexicano encontró
mecanismos –tanto en la recaudación de gravámenes como en presupuestos municipales
subsidiarios de la hacienda estatal– para contener esa “autonomía municipal” (denunciada
por un grupo de funcionarios con posiciones conservadoras) que obturaba la
“centralización liberal”.
A diferencia de otros dominios españoles, en el área virreinal rioplatense
no hubo institución de jurisdicción local con autogobierno y colegiada hasta
las décadas de 1850 y 1860. En este sentido, Marcela Ternavasio (1991) fue
pionera en explorar un problema epistémico prácticamente ignorado hasta
entonces en nuestro país: la tensión entre municipio
y política. Su tesis examina la etapa del “municipalismo moderno iniciada
en 1860 con la constitución del estado nacional” hasta que dicho proceso se
consolidó a principios del siglo XX. En esta dirección, verificó el papel
adjudicado al régimen municipal puntualizando en tres casos (Buenos Aires,
Santa Fe y Rosario) y recuperó debates sobre normativa municipal mediante la
utilización de fuentes institucionales (constituciones provinciales, leyes
orgánicas y debates parlamentarios).
El
consenso tanto en los intelectuales de la época –básicamente juristas que
reflexionaron sobre el régimen municipal de la segunda mitad del siglo XIX–
como en la producción historiográfica orientada al estudio de organizaciones
municipales, era que las municipalidades debían ser simples asociaciones de
derecho privado cuyos intereses no podían afectar la administración general.
Tales prescripciones fueron adjudicadas a Juan Bautista Alberdi, quien tendió a
“despolitizar” los municipios como entidades que debían constituir una esfera
administrativa sin poder discutir opiniones políticas y donde los intereses
individuales de la comunidad serían resguardados. Por el contrario, Domingo Sarmiento
atribuía un rol pedagógico al municipio para imponerse como autoridad real por
sobre los intereses particulares, sin limitarse a simplemente “administrar” el
territorio que estaba bajo su tutela. En pocas palabras, el publicista
sanjuanino consideraba al municipio como “un espacio estrictamente político”
(Ternavasio, 1991, p. 28). Nos parece útil recuperar este debate sobre la
naturaleza municipal para problematizar si la
insistencia por excluir “la política” en los ámbitos municipales incorporada en
constituciones y leyes orgánicas que sancionaron las legislaturas provinciales
a mediados del siglo XIX, no expresaría un intento de controlar y acotar una
serie de prerrogativas que los gobiernos municipales comenzaban a poner en
marcha.
Percibimos
en varias provincias unos cuantos factores que obligan a matizar el pensamiento
alberdiano, por más que haya sido presuntamente el modelo triunfante. En primer
lugar, las posibilidades de disenso que se abrieron con motivo de elecciones
municipales que activaron tensiones sociales de las comunidades locales
(Canedo, 2019). A su vez, la transgresión a los textos constitucionales
elaborados por autores partidarios de un municipio “a-político” o la
improvisación por situaciones no contenidas ni definidas en éstos (Ternavasio,
1991, p. 117). Finalmente, la probabilidad de que los gobiernos provinciales
perdieran el control del poder político en sus localidades, los debates
legislativos entre posiciones centralistas (que pretendían coartar las
atribuciones municipales) contra autonomistas (que tratarían de aumentar sus
prerrogativas) y la politicidad que se manifestó con fuerza en algunos
municipios (Sanjurjo de Driollet, 2004, p. 342). En suma, los estados
provinciales incentivaron distintos niveles de gobierno los cuales desde el
ámbito provincial eran difíciles de lograr, y más en estados en guerra, y con
un estado nación aún en vías de formación. Tal proceso puso de manifiesto una
paradoja: los gobernadores no quisieron dar demasiadas prerrogativas a las
municipalidades, pero sí “llenarlas” de funciones (Canedo, 2019, p. 181).
En
relación con esta proposición y poniendo en consideración los estudios
precedentes analizamos tres dimensiones a partir del caso de Paraná.
Primero, la elección o designación
por el P. E. de autoridades encargadas de presidir los gobiernos municipales. Segundo,
su composición por un grupo de vecinos electos que significaría una suerte de
gobierno representativo a escala local. Y, en última instancia, las
prerrogativas para crear nuevas contribuciones municipales y las restricciones
que limitaban sus gastos. De acuerdo a estas variables, anticipamos dos
particularidades que desentonan con los tipos de conformación municipal
abordados para otros territorios y que responden a la
especificidad que los itinerarios de cada región imprimieron en las formas de
organización institucional más allá de los orígenes normativos compartidos de
los gobiernos municipales:
la Municipalidad de Paraná fue la única corporación regulada por el Congreso de
la Nación y una de las pocas en estar presidida por un miembro elegido por los
propios municipales (que a su vez eran electos por los vecinos a través del
voto popular directo). En otros términos, no tuvo presidente nato nombrado por
el gobierno central y menos aún fue organizada por la Legislatura Provincial.
2. Configuración histórica
de la Bajada del Paraná
Las
tierras de “la otra banda” del Paraná fueron ocupadas a partir de la primera
mitad del siglo XVIII, cuando el Cabildo de Santa Fe dispuso la construcción de
un puerto en la Bajada. Si bien careció de fundación oficial, sabemos que en
1730 fue creada la Parroquia, estableciendo una institución que comenzó a
ejercer cierto control sobre el territorio. Tres años después fue designado un
Alcalde de Hermandad, sujeto a las apetencias de múltiples jurisdicciones: además de la
correspondiente a la ciudad de Santa Fe, también recayeron los intentos de
organización política por parte de las autoridades asentadas en Buenos Aires,
así como de los jesuitas ubicados tanto en Corrientes como en la propia Santa
Fe. Tras sucesivos pedidos de los vecinos para lograr la erección de la Bajada
en “villa” y separarse así de la jurisdicción del Cabildo de Santa Fe, en enero
de 1810 el Virrey Cisneros ordenó constituir un cabildo. Sin embargo, debido a
las circunstancias impuestas por la Revolución de Mayo, el nombramiento de los
respectivos capitulares no se concretó, por lo que Santa Fe mantuvo la
designación de autoridades hasta 1813, año en que los vecinos de Paraná
obtuvieron el reconocimiento necesario de la Asamblea Constituyente para
convertirse en cabecera de jurisdicción (Polimene, 2017, p. 48).
En septiembre de 1814, el Directorio a cargo de Gervasio
Posadas creó la Provincia de Entre Ríos con capital en Concepción del Uruguay,
pero una vez caída la República de Entre Ríos, el gobernador Lucio Mansilla
trasladó la capital hacia Paraná (1822). Cuatro años más tarde, la Legislatura
Provincial elevó la Villa de Paraná al rango de “ciudad” y en 1830 creó una
Junta que tuvo a su cargo la regulación de los “derechos propios”, pero sus
prerrogativas fueron suprimidas y terminaron siendo absorbidas rápidamente por
el Gobierno (Kozul, 2019). En la década siguiente, el Reglamento de
Administración de Justicia [1849] conformaría el Departamento de Paraná fijando
sus límites y los distritos rurales subordinados a su cabecera. A raíz de la
Batalla de Caseros [1852], y concretamente desde el momento en que Buenos Aires
no aceptó ser capital de la Confederación, Paraná se convertiría en centro
político de la Confederación y obtuvo por medio de un decreto de Urquiza
(agosto de 1853) el rango de Capital Provisoria que mantuvo hasta diciembre de
1861 (días después caducaría el Gobierno Nacional). Ese año sería reintegrada
al Gobierno Provincial.[4] Simultáneamente,
perdió la capitalidad de Entre Ríos e incluso quedó sin autoridades alojadas en
la ciudad, porque éstas permanecerían en Villa Urquiza como cabecera departamental
hasta 1863.
El casco urbano durante la década de 1850 experimentó
múltiples cambios: reglamentación de serenos, empedrado de calles, mejoras en
el alumbrado, construcciones estatales y privadas, limpieza de lugares
públicos, instalación del Mercado de Abasto y del Teatro, creación de establecimientos
educativos, comerciales e industriales (caleras y curtiembres), aparición de
espacios de esparcimiento y de discusión política (clubes y sociedades de
socorros mutuos), expansión del servicio fluvial a vapor que impulsaría el
puerto local. También se emplazaron numerosos médicos, redactores de
periódicos, profesionales y viajeros extranjeros que realizaron minuciosas
descripciones físicas del lugar. En este cuadro de innovaciones el gobierno de
la Confederación modificó el estatuto policial y estableció en septiembre de
1856 una Intendencia General de Policía (PDER,
1876a, p. 27). Esta repartición no estaría abocada a la prevención del
delito o seguridad pública sino que constituiría la iniciación de un espacio de
intervención en rubros concebidos como municipales: obras públicas, higiene y
seguridad.[5]
Pero, aun cuando esta policía tenía funciones típicamente urbanas y le
concernían una multiplicidad de objetos en la ciudad, contaría con ciertas características que
impiden definirla como un gobierno municipal: carecía de rentas propias, estaba
imposibilitada de presupuestar gastos, el P. E. designaba de manera directa al
Jefe de Policía y lo mantenía completamente subordinado a su arbitrio, su poder
no era colegiado sino más bien de tipo unipersonal, en muchos casos, escaseaba
de preparación para atender los ramos mencionados y, por último, las partidas
suministradas por el gobierno central no eran suficientes para resarcir las
crecientes demandas planteadas por una población en ascenso (Kozul, 2019). En
septiembre de 1860, el Gobernador de Entre Ríos (Justo José de Urquiza)
determinó la supresión de las Jefaturas de Policía y sus funciones fueron
transferidas a las Jefaturas Políticas con atribuciones y obligaciones
similares (PDER, 1876a, p. 181). En Paraná se nombró un Jefe Político recién en
diciembre de 1861, una vez que la provincia reasumió su control y
administración (PDER, 1876a, p. 537).[6]
Para terminar, señalamos que hubo un gran crecimiento
demográfico en el periodo que Paraná sirvió como capital transitoria de la
Confederación Argentina, principalmente en la ciudad, que concentraba el 60% de
la población total del Departamento en 1857.
Por un lado, la tasa más alta de crecimiento anual de
población se observa en los años que pasó de ser capital de Entre Ríos a sede
de gobierno de las provincias confederadas, en una provincia que registró la mayor tasa de crecimiento anual
de población hacia el siglo XIX (superando a Santa Fe, Buenos Aires y Corrientes),
por lo menos hasta 1869 (Schmit, 2008, p. 48). Por otro
lado, al perder la capitalidad, la ciudad de Paraná estacionó su tendencia de
crecimiento poblacional, lo que sí aumentó fue la población rural del
departamento fruto de la fundación de Villa Urquiza en 1860.
3. Régimen municipal de
Paraná
En
noviembre de 1860 abrió sus puertas la Municipalidad de Paraná (PDER, 1876a, p.
235). Fue erigida por la Confederación Argentina sobre la base de un proyecto
elaborado por la Comisión de Legislación y Negocios Constituyentes que el
Senado y la Cámara de Diputados aprobaron por unanimidad entre agosto y
septiembre de 1860.[7] Hablamos de la Ley de
Municipalidades para la Capital Provisoria de la Confederación que constó de 32
artículos, distribuidos en 8 capítulos.[8]
El primer capítulo refirió a su organización: 13 miembros
titulares y 5 suplentes con dos años de mandato y se renovarían anualmente con
arreglo a la Ley de elecciones del 4 de julio de 1859. Número elevado de
integrantes si lo comparamos con otros municipios de la época e incluso
respecto a la Constitución de Entre Ríos que en su Art. 68° estipulaba una
cantidad de “cuatro miembros y un síndico” para componer cada municipalidad (PDER, 1876a, p. 85). Este primer artículo será puesto en
discusión por los legisladores.
Demetrio Icart advirtió que no existía “la cantidad
suficiente de individuos que cubran los cargos…aún para nombrar un Juez de Paz
se estaba en dificultades por no encontrar quien quisiera serlo”, proponía
reducir el Concejo Municipal a “cinco propietarios y tres suplentes”. Idea
compartida por los demás diputados, aunque posiciones más pragmáticas como la de
Macedonio Graz sugerían no realizar reformas porque “faltaban muy pocos días
para la clausura de las sesiones” y era una ley que consideraba “urgente que se
dictase”. Finalmente, Daniel Aráoz justificó en dos razones su apoyo al
proyecto original: por un lado, que “todos los individuos del Club Socialista
que tenía ciento y tantos miembros eran competentes para municipales” y, por el
otro, que “no era necesario para que la Municipalidad tuviese sus sesiones que
concurriesen a ella todos sus miembros, pues bastaba con que hubiese mayoría
absoluta”. Más interesante aún fue su planteo argumentando la aprobación de esta
ley. Según Aráoz dicha normativa:
Contenía
un vasto plan de Municipalidad que era difícil de realizarse por ahora en todas
sus partes; pero que había votado por ella no por lo que era esta capital en la
actualidad sino considerando el estado de progreso a que llegaría…y juzgaba que
en lo sucesivo no debía ser otra la Capital de la República.
Por
una parte, la discusión sobre la cantidad de integrantes necesarios para asumir
el “gobierno de lo propio” era de larga data. Desde la conformación de villas
durante la época colonial se plantearon reclamos por la falta de “vecinos que supiesen leer y que no estuviesen
ya ocupando otros cargos, para integrar
un cabildo” (Canedo, 2016, p. 24). Por otra parte, aclaramos que el Club
Socialista era una institución privada fundada en 1853 que impulsaba diversas
acciones destinadas al fomento de la sociabilidad y la cultura en Paraná: organizaba
obras de beneficencia, aniversarios patrios con la presencia de altas
autoridades de la nación, bailes, rifas, remates y carnavales, ofrecía premios
en labores artísticas y contaba con un programa que establecía los fines de la
asociación, sus componentes y los fondos propios (Colman, 1946, p. 395). Como
plantea Alberto Lettieri (2008, p. 16), uno de los rasgos característicos de
esta coyuntura fue la formación de una esfera pública “vinculada al proceso de
modernización socioeconómica de la ciudad, que comprendió el desarrollo de una
nueva sociabilidad asociativa –clubes de ocio, salones de lectura, asociaciones
profesionales, etc.– y la práctica activa y generalizada de ciertas formas de
participación pública”. Podemos corroborar esta afirmación cuando detectamos
que subscribían a esta asociación diversos vecinos que integraron el primer
gobierno municipal de Paraná y que en pocos años habrían de aumentar el número
de socios fusionándose con los miembros del Club Argentino.
Una vez efectuada la elección de municipales con la
participación de los vecinos facultados a ejercer el voto, la primera sesión era
para nombrar entre la terna de miembros electos “a pluralidad de votos el Presidente
del cuerpo”. Asimismo,
los únicos miembros natos de la Municipalidad eran: “el Párroco y el Médico del Hospital o de Policía”, lo que manifestaba el
carácter corporativo de la institución municipal como una especie de resabio
colonial, medida inédita que no encontramos en otras municipalidades del
litoral rioplatense.[9]
Cabe decir que, no necesariamente presidían la municipalidad sino que
incrementaban el número de integrantes con la única diferencia que no eran
electos popularmente. No contamos con información sobre la primera elección,
mucho menos con el acta de sesión en que fuera elegido el Presidente Municipal,
pero la reconstrucción de sus trayectorias nos muestra que el médico cirujano
del Hospital Militar de sangre (Francisco Soler) fue elegido entre los
municipales para encargarse de su dirección, siete días antes había obtenido el
título de Doctor en Medicina otorgado por la Universidad de Buenos Aires.
Resulta sugerente precisar que, en la década de 1840, el cuerpo médico de
Paraná había crecido notoriamente con la incorporación de varios profesionales,
se crearía en 1846 el Tribunal de Medicina para la provincia con residencia en
esta ciudad, se instalarían en la década siguiente numerosos establecimientos
farmacéuticos y arribarían profesionales procedentes de Buenos Aires y de casas
de estudio europeas (Colman, 1946, p. 261).
Ahora bien, el Capítulo 2° regulaba las comisiones
municipales que estaban divididas en cuatro ramos: Seguridad e Higiene pública,
Educación, Obras Públicas y Hacienda. Como indicábamos previamente, sus
integrantes eran nombrados por el Presidente de la Municipalidad entre los
miembros electos. Además, correspondía al cuerpo municipal presentar una terna
al P. E. para el nombramiento de Jueces de Paz y Médicos del Hospital, y no
podría “salir de la órbita de esta ley ni funcionar en el orden político”. Tal
como ocurrió en otras provincias, aparece la preocupación del Gobierno en que la
Municipalidad pudiera convertirse en un contrapunto a sus intereses,
sintetizados en tres planos: fiscales, territoriales y políticos. Pese a esto, la normativa puso la Policía a disposición de la Municipalidad para
el cumplimiento de sus ordenanzas, lo que comprueba la atención y relevancia
que tuvieron los gobiernos locales en lo que hace a la construcción estatal
(Garavaglia, 2011, p. 12). Esta medida contrasta con las constituciones provinciales
sancionadas durante la década de 1850 que, más bien, buscaron apartar a la
policía de la órbita municipal y concentraron en “agentes del Ejecutivo tales
funciones” (Sanjurjo de Driollet, 2004, p. 109).
Para culminar con el análisis de la normativa, ampliamos que la
Municipalidad se conformaba también con un Vicepresidente, un Síndico
Procurador, un Tesorero y un Secretario. En síntesis, hubo una composición de
municipales sumamente heterogénea: los miembros titulares y suplentes eran
elegidos en forma directa por los vecinos, la distribución para cargos de
dirección se realizaba en forma indirecta (entre los miembros electos), la
designación de comisiones era realizada por el Presidente Municipal y, en
última instancia, estaban los miembros natos que cumplieron un papel
fundamental según lo visualizado con el Médico del Hospital. Este orden de
representación constituye una novedad ya que, entre 1850 y 1870, las
municipalidades en el espacio rioplatense eran presididas por autoridades
nombradas desde “arriba”, esto es, por los gobiernos centrales: Ciudad de
Buenos Aires por el Ministro de Gobierno (Garavaglia, 2011), las
municipalidades de campaña en el Estado de Buenos Aires por el Juez de Paz
(Canedo, 2018), lo mismo sucedió en Corrientes (Buchbinder, 2010), en Jujuy el
gobernador asumió directamente las funciones municipales (Conti y Boto, 1997),
Santa Fe por el Ministro de Gobierno (Ternavasio, 1991) y en Rosario a través
de la figura del Jefe Político (De los Ríos, 2013).[10] Más extraño aún es el ejemplo de Paraná si lo
cotejamos con algunas grandes ciudades europeas que no tuvieron un gobierno
completamente autónomo, es decir, presidido por un miembro elegido “por
votación popular masculina, sino hasta bien entrado el siglo XX” (Garavaglia,
2011, p. 13).
En
adelante, repasaremos las vicisitudes electorales de la Municipalidad, los
establecimientos que tuvo a su cargo y las relaciones entabladas con la
Jefatura Política.
4. Perfiles municipales y
aspectos económicos
La participación electoral de los vecinos y la naturaleza
de un Concejo Municipal facultado para elegir de manera independiente su máxima
investidura, venía de la mano de un incremento del ámbito
urbano como espacio de sociabilización, debate político y fuente económica de
recursos que permitió aumentar la presión impositiva en favor del gobierno
central. No obstante, el interés de engrosar la recaudación fiscal debió ser
compensado con mejoras en determinados servicios que sólo podían ser garantizadas
con el sostén del gobierno municipal. Por lo cual, creemos que en los
legisladores federales más que el convencimiento de otorgar libertades al
gobierno municipal –como permitir la elección de su propio presidente– imperó
la necesidad de incorporar “políticamente” a un grupo de vecinos que participaban
en los asuntos locales y compartían espacios sociales e institucionales
semejantes. En esta
dirección, reconstruimos los perfiles sociopolíticos y ciertos atributos de
aquellos miembros que integraron el primer Concejo Municipal de Paraná –activo
desde el 27 de noviembre de 1860– en tanto que, una construcción del accionar
político de los municipales, excedería las posibilidades de este trabajo.
En
primer término, identificamos diversos vínculos tejidos entre los protagonistas
y las facciones políticas emergentes: varios municipales tuvieron relación
directa con las Rebeliones Jordanistas [1870-1876], en la senda contraria hubo
quienes participaron en el Partido Liberal y apoyaron la intervención militar a
Entre Ríos por parte del Ejército Nacional contra López Jordán, otros miembros
fueron designados Jefes Políticos con una clara militancia en las filas urquicistas,
presidieron la Municipalidad o integraron importantes instituciones públicas y
clubes sociales; generalmente ocupando puestos de dirección. En un segundo plano,
más de la mitad de estos municipales figuraron en los censos como comerciantes,
hubo dos abogados, un médico, un militar y un empleado nacional; pese a esta
diversidad de actividades tenían dos rasgos en común: sus vínculos con las
actividades propias de las necesidades básicas de abastecimiento e
infraestructura en el ámbito urbano destinadas a satisfacer el crecimiento del
consumo de ciudades y villas entrerrianas (Schmit, 2008, p. 53) y la
participación en campañas militares, electorales y espacios de discusión
política. En tercer lugar, respecto a su procedencia geográfica: seis nacieron
en Entre Ríos, cuatro en España, uno en Buenos Aires, uno en Santiago del
Estero y otro en Córdoba (con una prolífica trayectoria política en Santa Fe y
Entre Ríos). Queda explícita la presencia de “extranjeros domiciliados” como miembros
municipales –potestad refrendada tanto por la Constitución
Provincial como por la Ley de Elecciones sancionada en febrero de 1861– en
cuanto nos muestra cómo algunos inmigrantes europeos aprovecharon la
oportunidad no sólo de decidir sobre asuntos de su incumbencia sino también
para involucrarse en su administración. De ahí que, coincidimos con Ternavasio
(1991, p. 32) cuando subraya que el orden municipal permitió “abrir un nuevo
espacio de participación al extranjero, vedado en el orden nacional y
provincial”. Un cuarto
aspecto es que todos declararon saber leer y escribir, estar casado, ser cabeza
de familia, tener casa propia y acreditaron superposición y circulación de
funciones nacionales y provinciales, tanto en las décadas previas y posteriores
a la conformación municipal como durante sus años de funcionamiento, lo que
habría afectado el desempeño de la corporación dado la gran cantidad de tareas
que sus miembros llevaban adelante para mitigar la falta de recursos humanos,
en proporciones similares a los problemas que debió sortear el Congreso
Nacional para poder sesionar durante esos años (Lanteri, 2013, p. 78). Un quinto
punto refiere al rango etario: jóvenes que daban sus primeros pasos en “la
política” y otros que rondaban o superaban los 40 años y que detentaban una
experiencia previa en la gestión pública. De ellos, tres llegarían a ser
diputados provinciales a comienzos de 1870, igual número a diputados
nacionales, dos serían senadores y uno asumiría como gobernador. Por último,
sus nombres estuvieron asociados a “los hombres del Paraná” que condujeron la
vida política entrerriana tras la muerte de Urquiza (1870) o eran hijos de
funcionarios provinciales que sobresalieron durante la primera mitad del siglo
XIX: ocho municipales poseían vínculo familiar con gobernadores de Entre Ríos,
ya sea por descendencia directa o por matrimonio. Esta premisa se condice con
la reconstrucción de elencos políticos entrerrianos realizada por Raquel
Bressan (2018, p. 18) cuando demuestra que no existía un monopolio de los cargos
políticos distribuidos entre los personajes de mayor fortuna, sino que las
conexiones familiares, de amistad o de negocios, sumado a una creciente
profesionalización política, constituyeron los principales condicionantes para
la ocupación de los mismos. Agregamos dos temas que merecerían ser explorados
con mayor profundidad: por un lado, explicar por qué solamente Faustino Parera
formará parte de la Municipalidad de Paraná reconstituida en 1873 (renunciando
al año siguiente para asumir su banca de diputado provincial) y, por otro lado,
destacar que tres municipales acreditaron participación en logias masónicas de
Paraná, Buenos Aires y Santa Fe; mientras que uno lo hizo en los Círculos
Católicos.
Exceptuamos
de nuestro análisis al segundo Concejo Municipal de Paraná [1861-1862] dirigido
por Pedro Funes, Estanislao Rojas como Vice-Presidente (aparentemente retuvo el
puesto) y Ramón Vázquez como Secretario (miembro suplente del primer Concejo
Municipal que desde noviembre de 1861 ocupaba ese cargo). No estamos al tanto
de cómo se realizó esta composición dado que las elecciones para renovación de
miembros a fines de 1861 no fueron llevadas a cabo y tampoco disponemos de
actas de sesiones que nos aclaren sobre este tema. Lo único que sabemos es que
resultaron salientes los titulares: Echagüe, Carbó, Ortiz, Rams,
Soler y Mújica.[11]
Respecto a sus atribuciones, observamos que esta Municipalidad
sostuvo económicamente al hospital, la cárcel y establecimientos educativos.[12] Estos
servicios eran los que usualmente ofrecían los municipios decimonónicos a sus
vecinos como contraprestación por el pago de contribuciones (Celaya Nández,
2019, p. 13). Para ello, la corporación exigió en los albores de 1862 (ya bajo
la órbita del Gobierno de la Provincia) que las patentes otorgadas a casas de
negocios y establecimientos industriales fueran percibidas como renta
municipal, esto implicaría que no fueran destinadas al Tesoro Provincial como
venía sucediendo antes y luego de su federalización. Por el cobro de patentes surgieron tensiones
con el Jefe Político: éste comunicó al gobernador que los gastos acuciados por
la Municipalidad para obtener la recaudación de dicho ingreso no habían sido
cubiertos por ella “sino por el Gobierno Nacional y los del 1° de diciembre
último, a excepción de las escuelas, por esta Jefatura Política”.[13]
Pero la respuesta del P. E. sería favorable al cuerpo municipal: el cobro de
patentes “comprende por ley a la Municipalidad, el Gobierno ha
contrariado las disposiciones de aquella.
[Deben] siempre ser entregadas a la Municipalidad para que la destine a objetos
de su institución”.[14] Este
tipo de gravámenes –las patentes– recaudados por la actividad económica del
propietario que necesitaba de la autorización municipal para ejercer su oficio,
estaban en sintonía con una matriz liberal predominante en Hispanoamérica
durante la segunda mitad del siglo XIX, que procuraba fortalecer los impuestos
directos y la aceptación de un estado de derecho federal (Celaya Nández, 2019).
Cabe
destacar que, la reglamentación sobre patentes, era bastante ambigua en Entre
Ríos: no especificaba qué “clase” estaría bajo jurisdicción municipal, cuáles
debían ser recaudadas por la provincia o si se repartirían por porcentajes entre
ambas. Todos los años el gobernador decretaba sus montos, cobrados en principio
por el Jefe de Policía y posteriormente por el Jefe Político (ambas autoridades
recaudaban para el Tesoro Provincial, aunque a veces se quedaran con algún
porcentaje), pero las patentes también figuraban como renta municipal. En esta
línea, el régimen municipal de Paraná estableció que las rentas municipales serían las que se pagaban como “policiales”:
patentes, impuesto de sereno, alumbrado, mercados, cementerios, multas por
infracciones a ordenanzas municipales “y todas las demás contribuciones
indirectas establecidas y que se crearán conforme a la ley”. Situemos en
contexto esta prerrogativa: los gobiernos provinciales en la década de 1860 y
1870 no escatimaron “medidas para retornar a su esfera los tributos
municipales” y atenuar de esa manera sus déficits recurrentes (Sonzogni y
Bonaudo, 1997, p. 32). Hay que tomar en consideración que, de los ingresos
públicos de la Provincia de Entre Ríos entre 1862 y 1864, el papel sellado y
las patentes comprendieron el 25%, siendo el principal rubro de recaudación
(Schmit, 2008, p. 160). Por ende, que el P. E. pretendiera configurar una
jurisdicción fiscal de carácter municipal mediante la cesión del cobro de
patentes y permitiera a la corporación crear nuevos gravámenes –despojándose la
provincia de valiosos recursos– amerita dos reflexiones: por un lado, una corporación que contó con importantes márgenes de
acción para negociar una hacienda propia con los distintos niveles de gobierno y,
por el otro, ratifica cierta premisa que advierte en los cambios generados por
las municipalidades no sólo un impacto “a nivel político-administrativo,
sino también fiscal” (De los Ríos, 2013, p. 204).
Otro elemento empírico que tenemos a disposición es el
inventario municipal.[15] Lamentablemente
no han sido resguardadas más que simples anotaciones, las cuales poco dicen
acerca de la información que contenía esa documentación. Al indagar dicha
compilación de datos que el Jefe Político envió al Ministro de Gobierno de la
Provincia una vez disuelta la corporación, vemos que la Municipalidad traspasó
a esta Jefatura todas sus existencias y cuentas de inversión y, conjuntamente,
transfirió sus deudas contraídas por trabajos de albañilería en el hospital.[16] También ostentó un balance
económico negativo: hasta agosto de 1862 figuraron en la Caja Municipal como ingreso
8.863 pesos.[17] Mientras que, hasta junio de ese
año, los gastos ascendieron a 14.319 pesos (un desequilibrio del 38% en los
egresos).[18]
De igual manera, afirmamos que el déficit de la Municipalidad de Paraná parecería
seguir la regla más que simbolizar una excepción en los primeros pasos de
conformación municipal en el litoral rioplatense. Por ejemplo, entre 1856 y
1859 las municipalidades de la campaña bonaerense elevaron 89 presupuestos de
los cuales: 82 casos (92%) presentaron déficit, la mitad de ellos con
desequilibrios que alcanzaban a más del 50% de los gastos y otros en un rango
del 30% (Canedo, 2018, p. 163). En proporciones menores, la Municipalidad de
Rosario entre 1867 y 1870 presentó un déficit del 21% y 13% respectivamente (De
los Ríos, 2013, p. 208). Y, un estudio de Juan Carlos Garavaglia (2011, p. 13),
ilumina que la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires arrastró un fuerte
déficit que fue cubierto año tras año por las rentas de la provincia hasta 1861
y más tarde por las rentas de la Nación. Sin lugar a dudas, podríamos ampliar
este punto, si tuviéramos acceso a los presupuestos y cálculos de recursos de
la Municipalidad de Paraná, pero tal documentación es inexistente.
En última instancia, traemos a colación una demanda
entablada por un empresario (Agustín Lombardo) a la Municipalidad por el
arriendo del Teatro “3 de febrero”. El contrato convenido entre el Gobierno
Nacional y Lombardo en noviembre de 1859, o sea un año antes de la instalación
municipal, implicaba que el empresario cuidaría de su conservación, mantendría el teatro en
funcionamiento, subvencionaría a viudas, inválidos y huérfanos de la Batalla de
Cepeda [1859] y el Gobierno no aportaría emolumento de ninguna clase. A
comienzos de 1861, la Municipalidad –que había recibido de la Intendencia de
Policía en diciembre de 1860 todos los establecimientos que estaban a su cargo–
rescindió el contrato y ordenó al cuerpo policial la evacuación del Teatro, lo
que produjo esta demanda de Lombardo contra la corporación ante el Juez de Paz
que pidió “la validez del contrato con el Gobierno en tiempo en que no existía
la Municipalidad y anular la jurisdicción que ésta se abroga en juzgar y
fiscalizar dicho contrato”, iniciando un juicio que duró seis meses. La
Municipalidad estuvo representada por el Síndico Procurador (Leónidas Echagüe)
que justificaba el accionar de la corporación sobre la base de tres argumentos:
todos los vecinos sabían cuán imperfectas eran las compañías teatrales
contratadas por Lombardo, la empresa había obtenido del Gobierno una subvención
contrariando un artículo del contrato y no había entregado los aportes pertinentes
para los combatientes de Cepeda como estaba pautado. No obstante, las pruebas
suministradas por Lombardo, inclinaron a su favor el fallo del Juez de 1°
Instancia que en sentencia definitiva destacó las siguientes resoluciones: 1°. La
Municipalidad no probó que Lombardo faltase a su obligación de realizar mejoras
edilicias en el edificio. 2°. La subvención del Gobierno Nacional fue “espontánea”
y, por ende, no podía considerarse una infracción. 3°. No estaba probado que la
Municipalidad solicitó la entrega del producto neto recaudado en la tercera
función del Teatro para otorgar como subvención a los afectados por dicha
batalla. 4°. Aún en la hipótesis de haberse fallado a los artículos
precedentes, el Gobierno Nacional continuó reconociendo la vigencia de este
contrato. 5°. La Municipalidad se puso en posesión del Teatro “sin
consentimiento del empresario [y] sin resolución judicial que la autorizase”. En
consecuencia, el Tribunal condenó a la Municipalidad al pago de los daños y
perjuicios irrogados al empresario y la devolución inmediata de aquel
establecimiento. En junio de 1861, Echagüe apeló la sentencia ante la Cámara de
Justicia. Pero ésta, a los pocos días, habría de confirmarla, ocasionando un
grave problema fiscal para la corporación, porque debía abonar los daños
causados, y desprestigio político, en tanto fue repelida por abuso de
jurisdicción.[19]
Trataremos a continuación de profundizar en torno a los
factores que provocaron la supresión de la Municipalidad de Paraná.
5. Finalización del primer
gobierno municipal en Paraná
La Municipalidad de Paraná funcionó entre noviembre de
1860 y octubre de 1861 con normalidad y procedió como correspondía al “sorteo
de sus miembros salientes”.[20] No
tuvo grandes inconvenientes por renuncia de miembros, tampoco exhibió la “falta
de empleados idóneos” para ocupar dichos cargos y, mucho menos, los electores
escasearon de “espíritu cívico” en concurrir a la mesa escrutadora para ejercer
su voto; problemas que suelen señalarse para otras municipalidades coetáneas
(Conti y Boto, 1997; Sanjurjo de Driollet, 2004; Buchbinder, 2010).[21]
Sin embargo, las elecciones para renovación de municipales, que inicialmente
fueron suspendidas por “conocimiento de las circunstancias especiales de la
situación [La Batalla de Pavón]”, no se realizaron. De esa manera, la
corporación quedó en minoría e impedida de entrar en sesión.[22]
Las solicitudes hacia el Ministro de Gobierno fueron continuas y acompañadas
por notas del Jefe Político, pero todas fueron en vano. En este punto sí observamos
una limitación al autogobierno municipal por parte del P. E. que reservaba su
atribución de señalar las fechas para los comicios y aprobar o rechazar los
resultados, como sucedió en otros pueblos del litoral rioplatense (Canedo,
2019). Debemos aclarar que se suspendieron tanto las elecciones para renovar
cargos municipales como las de Diputados Provinciales. Naturalmente, la
acefalía del Poder Ejecutivo Nacional a partir de diciembre de 1861, el
Congreso que dejó de sesionar por la misma fecha y la propagación de divisiones
al interior del federalismo entrerriano con respecto a la forma en que la
provincia debía insertarse en el nuevo escenario nacional (Bressan, 2018, p.
28), crearían un clima político y militar hostil para estar convocando a
elecciones.
Terminando con este trabajo, argumentamos que las últimas
intervenciones municipales fueron efectuadas en los primeros meses de 1862,
cuando la Municipalidad tuvo que asociarse con la Jefatura Política para
encargarse de los materiales que pertenecían al Gobierno de la Nación,
especialmente los archivos nacionales (PDER, 1876a, p. 537). Se nombró para
ello una comisión que actuaría en simultáneo con los Comisionados Nacionales
designados por Mitre (en uso interino del Poder Ejecutivo Nacional).[23]
Los nombres de la Comisión Provincial contaron con la connivencia de la corporación
municipal a pesar de la oposición expresada por el Jefe Político (José Francia).[24]
Empero, como la Municipalidad no funcionaba prácticamente desde febrero de
1862, el Jefe Político quedó como único encargado de dirigir el intercambio de
las existencias nacionales y nombró para ello una comisión constituida por
Pedro Pondal, Demetrio Icart, Juan Comas y Ramón Vázquez (por entonces secretario
municipal); con sueldos de 50 pesos mensuales para cada uno.[25] A
fines de ese año se daría marcha atrás con el ejercicio de esta comisión, por
cuanto se designaban montos que no estaban consignados en el decreto prístino
del gobernador.[26]
Después de esta orden, no hubo más información sobre el funcionamiento de la
Municipalidad de Paraná. Incluso, antes de su formal supresión (agosto de 1862),
el Jefe Político comunicó al Ministro de Gobierno que había “pasado al
Presidente de la Municipalidad [Pedro Funes] la nota con la Ley de Elecciones,
declara que desde febrero último consideró terminada la función que le fue
confiada…no contando con las rentas originadas y hallándose los
establecimientos de educación fuera de su dependencia”.[27]
Finalmente, la Legislatura Provincial estatuyó su cese considerando que:
Su territorio ha cesado de
hecho en el ejercicio de sus funciones como consecuencia de los incidentes
inevitables que ha traído la época por la que ha pasado la Nación…es
inconducente e impropio que conserve la denominación de Municipalidad la parte
de empleados a sueldo que tenía y que aún subsisten y hasta tanto se dicte la
Ley de Municipalidades de la Provincia (PDER, 1876b, p. 234).
Significó entonces la finalización del primer gobierno
municipal en Entre Ríos. Resta conocer cuáles fueron las causas que provocaron
su declinación al cabo de dos años en el ejercicio de sus funciones. En otras investigaciones,
pusimos de relieve la superposición de atribuciones con la Jefatura Política
(Kozul, 2019), valiéndonos de las propias palabras del Jefe Político de Paraná
(Gregorio F. de la Puente) cuando en noviembre de 1862 alegaba que:
Reasumida
la soberanía provincial sobre el territorio que ocupaba la autoridad nacional,
el Excmo. Gobierno ordenó la misma forma departamental establecida por Ley en
toda la Provincia y la instalación de la Jefatura Política hizo incompatible el
ejercicio de la Municipalidad en esta ciudad, porque las atribuciones de una
Ley Nacional acordaban a ese cuerpo con más o menos las mismas que las
demarcadas a los Jefes Políticos por la de su creación. Además, era notoria la
incompatibilidad de marchar aquella corporación por falta de rentas propias.[28]
A modo de síntesis, identificamos que la supresión de la
Municipalidad de Paraná se produjo por dos razones. Por una parte, los
enfrentamientos políticos abiertos con Pavón, la caída de la Confederación
Argentina y los cambios de jurisdicción. Notará el lector que esta corporación
fue establecida por las máximas autoridades nacionales, pero en la práctica fue
administrada y suprimida por el Gobierno de la Provincia el cual había
restablecido su soberanía y atravesaba una etapa de “modificaciones sociales y
económicas profundas” (Schmit, 2015, p. 83) en paralelo a una situación fiscal
“en bancarrota” (Schmit, 2008, p. 72). Teniendo en cuenta este contexto, la
Carta Orgánica de Entre Ríos no aportaba demasiadas precisiones sobre cómo
regular los derechos y obligaciones de las municipalidades y, por el momento,
tampoco se sancionaría una ley sobre la materia, por ende, desde el punto de
vista jurídico, era incongruente que en Paraná siguiera funcionando un gobierno
municipal sin una jurisprudencia que lo contuviera. Por otra parte, la Municipalidad
se encontró sin la capacidad de recaudación suficiente por la escasez de rentas,
tensionó su relación con otras autoridades aledañas y vecinos del lugar que no
reconocían plenamente la jurisdicción de una nueva forma de gobierno a escala
local y, para adicionar más inconvenientes, tuvo que afrontar la falta de
quórum para poder sesionar y la inercia del Gobernador Urquiza en convocar a
elecciones a fines de 1861.
Conclusión
El análisis de la
Municipalidad de Paraná permitió pensar a la Confederación Argentina desde la
idea de crear una Capital Federal que suplantaría transitoriamente a la Ciudad
de Buenos Aires, negada a federalizar su territorio. Si bien esta experiencia
municipal resultó trunca y limitada en duración, creemos que aporta nuevos
elementos para problematizar la naturaleza de los gobiernos municipales en su
doble dimensión: política y económica.
En primer lugar, sostenemos
que la centralidad política de Paraná acumulada en la década de 1850, no
sobrevivió al decaimiento de las autoridades nacionales –a las cuales era
completamente dependiente para conservar su status
de urbe capitalina– y, más aún, a la Organización Nacional bajo la égida de
Buenos Aires. Esta reconfiguración de jurisdicciones implicaría redefinir las
potestades y tareas que de ahí en más detentarían el estado nacional, la
provincia y la corporación municipal; adecuadas a un nuevo liderazgo.
En segundo lugar, pese al
reconocimiento de algunos ingresos como renta municipal, consideramos que la
falta de tiempo para conocer con exactitud los bienes y rentas que tanto el
gobierno de la Confederación como el estado provincial estarían dispuestos a
entregar a una institución totalmente nueva en el espacio rioplatense,
afectaron el balance económico de un cuerpo municipal que en sus primeros meses
de funcionamiento aumentó en exceso sus gastos, sin tener en cuenta la compleja
coyuntura política y militar. Se objetará que, en otros espacios, los gobiernos
provinciales paliaron el mal estado de las finanzas municipales vía cuantiosos
subsidios otorgados a las municipalidades, para equilibrar sus déficits y
permitir así que éstas siguieran funcionando. No obstante, luego de una década
de enormes esfuerzos fiscales para abastecer las escuálidas arcas de la
Confederación, ponemos en duda que el estado entrerriano estuviera realmente en
condiciones de otorgar algún aliciente económico a la Municipalidad de Paraná.
En tercer lugar, la ciudad
contaba –previamente a la instalación municipal– con autoridades unipersonales
de orden local que estaban a cargo de ciertos ramos municipales pero que no
disponían de ingresos propios y estaban subordinados al P. E. quien designaba
de manera directa esos puestos: el Jefe de Policía y desde 1861 el Jefe
Político. Notables diferencias encontramos en relación con el carácter
colegiado, la legitimidad electoral y la trayectoria profesional, política y económica
que traían consigo los miembros que integraron el primer gobierno municipal en
Entre Ríos. En definitiva, pusimos de manifiesto que los municipales no
improvisaban en la administración del territorio y sus recursos, sino que venían
formando parte de varias comisiones organizadas para el fomento de la ciudad y
la provincia.
Finalmente, desaparecida la
Municipalidad de Paraná, la Jefatura Política se hizo cargo de las obligaciones
municipales hasta la instalación de la Junta de Fomento de Paraná (julio de
1867), regulada por una ley provincial sancionada como paliativo a la demora en
constituir municipalidades. Esta junta municipal clausuró sus actos sin
realizar demasiadas intervenciones, retornando dichas funciones al Jefe
Político. Habría que esperar hasta marzo de 1873 para la reinstalación de la
Municipalidad de Paraná, pero tal proceso presentó otras peculiaridades que
serán abordadas en futuras investigaciones.
Bibliografía
Bressan, R. (2018). Alianzas, negociaciones y conflictos.
Dinámicas de los elencos políticos del Litoral de los Ríos, 1862-1883.
Rosario: Prohistoria.
Buchbinder, P. (2010).
Departamentos, municipios y luchas políticas en Corrientes a mediados del siglo
XIX. En: B. Bragoni y E. Míguez (comps.). Un
nuevo orden político. Provincias y Estado Nacional, 1852-1880 (pp. 99-120).
Buenos Aires: Biblos.
Canedo, M. (2016). Los “pueblos de
españoles” en la monarquía hispánica. La ampliación de jurisdicciones hacia el
autogobierno (Buenos Aires, siglo XVIII y primeros años del XIX). Prohistoria, XIX(25), 3-27.
Canedo, M. (2018). La política de
los presupuestos municipales: conformación de jurisdicciones fiscales en las
municipalidades de campaña del Estado de Buenos Aires (1854-1860). América
Latina en la Historia Económica, 25(2),
146-174.
Canedo, M. (2019). La instalación de
las municipalidades de campaña en el Estado de Buenos Aires. Un análisis desde
sus actas de sesiones (1856-1858). Revista
de Historia Americana y Argentina, 54(1),
177-209.
Celaya
Nández, Y. (2019). Finanzas municipales y reformas liberales: la experiencia
veracruzana, 1870-1890. Ponencia presentada en el CLADHE VI, Universidad de Santiago de Chile, Santiago (Chile).
Chiaramonti, G. (2007). De marchas y
contramarchas: apuntes sobre la institución municipal en el Perú (1812-1861). Araucaria
(18), 150-179.
Colman, C. (1946). Paraná. 1810-1860. Los primeros cincuenta
años de la vida nacional. Rosario: T. Gráf. Frenner.
Conti, V. y Boto, S. (1997).
Finanzas municipales en el siglo XIX. La emisión monetaria como recurso fiscal
en argentina. América Latina en la
Historia Económica (7), 35-45.
De los Ríos, E. (2013). Hacia un nuevo orden fiscal. Las formas de
recaudación impositiva: instituciones, agentes y recursos. Santa Fe, Argentina
(1852-1873) (Tesis de Doctorado). Universitat
Pompeu Fabra, Barcelona, España.
Garavaglia, J. C. (2011). Configuraciones estatales, regiones y
sociedades locales. En: J. C. Garavaglia y C. Contente (Eds.) Configuraciones estatales, regiones y
sociedades locales. América Latina, siglos XIX-XX (7-14). Barcelona: Ed.
Bellaterra.
Kozul, P. (2019). Jefaturas
políticas y municipalidades: primeros procesos de municipalización en Entre
Ríos (1860-1873). Ponencia presentada en las XVII Jornadas Interescuelas, Catamarca, Argentina.
Lanteri,
A. (2013). Acerca del aprendizaje y la conformación político-institucional
nacional. Una relectura de la “Confederación” argentina (1852-1862). Secuencia (87), 69-94.
Lettieri, A. (2008). La República de las Instituciones. Proyecto,
desarrollo y crisis del régimen político liberal en la Argentina en tiempos de
la organización nacional (1852-1880). Buenos Aires: Prometeo.
Míguez, E. y Bragoni, B. (2010). Un nuevo orden político. Provincias y Estado
Nacional, 1852-1880. Buenos Aires: Biblos.
Morelli, F. (2007). Orígenes y
valores del municipalismo iberoamericano. Araucaria
9 (18), 116-129.
Morelli, F. (2008). Pueblos,
alcaldes y municipios: la justicia local en el mundo hispánico entre Antiguo
Régimen y Liberalismo. Historia Crítica
(36), 36-57.
Polimene, M.
(2017). Los alcaldes de la Hermandad en
el pago de Bajada del Paraná. La justicia rural en el siglo XVIII. En:
D. Barriera y B. Salduna (Dir.). Historia
Institucional del Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos: 1573-2017.
Paraná: Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos, 47-62.
Salinas Sandoval, M. (1996). Política y sociedad en los municipios del
Estado de México, 1825-1880. México: El Colegio Mexiquense.
Sanjurjo de Driollet, I. (2004). La organización político-administrativa de
la campaña mendocina en el tránsito del antiguo régimen al orden liberal.
Buenos Aires: IIHD.
Schmit, R. (2008). Los límites del
progreso: expansión rural en los orígenes del capitalismo rioplatense. Entre
Ríos, 1852-1872. T. V. En: O. Barsky (Dir.). Historia del capitalismo agrario Pampeano. Buenos Aires: Ed. Siglo
XXI.
Schmit, R. (2015). Caudillos, política e instituciones en los
orígenes de la Nación Argentina. Buenos Aires: Ed. UNGS.
Sonzogni, E. y Bonaudo, M. (1997).
Las finanzas municipales: una asignatura pendiente en la historiografía
argentina del siglo XIX. El caso de Santa Fe (1953-1890). América Latina en
la Historia Económica (7), 27-34.
Ternavasio, M. (1991). Municipio y política. Un vínculo histórico
conflictivo (Tesis de Maestría). FLACSO, Buenos Aires, Argentina.
Velasco Herrera, V. (2013). Alcaldes
municipales como jueces en ecuador, 1830-1861. Negociación y conflicto entre
administradores de justicia locales y estatales. Illes Imperis (15), 101-121.
Fuentes
Archivo de
la Honorable Cámara de Diputados de la Nación. Actas de Sesiones del Congreso.
Archivo
General de la Provincia de Entre Ríos. Fondo
de Gobierno, Serie VII Estadísticas y Censos, Serie XII Jefaturas de
Policía y Serie XIII Municipalidades. Fondo
de Hacienda, Juzgado en lo Civil y Comercial.
Provincia
de Entre Ríos. (1876a). Recopilación de
Leyes, Decretos y Acuerdos. T. VII. Uruguay:
La Voz del Pueblo.
Provincia
de Entre Ríos. (1876b). Recopilación de
Leyes, Decretos y Acuerdos. T. VIII. Uruguay:
La Voz del Pueblo.
Recepción: 20/12/2019
Evaluado: 25/02/2020
Versión
Final: 20/03/2020
(*) Profesor y Licenciado en Historia (Facultad de Humanidades, Artes y Ciencias Sociales. Universidad Autónoma de Entre Ríos). Doctorando en Historia (Facultad de Humanidades y Artes. Universidad Nacional de Rosario). Becario Doctoral Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnica. Argentina. Email: pedrokozul@gmail.com ORCID: https://orcid.org/0000-0002-4795-3461
[1] El presente artículo forma parte de una Tesis de Doctorado en proceso de elaboración. Agradezco los valiosos comentarios realizados por los evaluadores anónimos de la revista.
[2] Constitución de la Confederación Argentina. Parte Primera. Santa Fe, 1° de mayo de 1853.
[3] El 31 de mayo de 1852, Justo José de Urquiza –tras vencer a Rosas en Caseros– subscribió con los gobernadores de las catorce provincias el Acuerdo de San Nicolás que determinaba el modo, tiempo y lugar de la convocatoria de un Congreso Constituyente. En septiembre de ese año, se produjo la “rebelión porteña” y, desde entonces, quedó fragmentado el estado federal. En mayo de 1853, se sancionó la Constitución Nacional y un año después Urquiza inició el primer periodo presidencial. En octubre de 1859, las fuerzas confederadas triunfaron en Cepeda contra las del Estado de Buenos Aires comandadas por Mitre. Con la derrota, el gobierno de Buenos Aires ratificó el convenio de paz y designó una convención provincial que examinó la Constitución Nacional para incorporarse a la Confederación. En marzo de 1860, comenzó el segundo periodo presidencial a cargo de Santiago Derqui y, por la misma época, la Provincia de Entre Ríos recuperó sus instituciones que habían sido cedidas al poder federal, asumiendo Urquiza como gobernador. Finalmente, en septiembre de 1861, las tropas al mando de Mitre vencieron en los campos de Pavón al Ejército de la Confederación, Derqui renunció y en diciembre se declaró en receso el Ejecutivo Nacional hasta que, a mediados de 1862, Mitre asumió como presidente de facto y luego con carácter constitucional.
[4] La capital transitoria sería aquella en la que preferirían residir las autoridades nacionales y Urquiza definió su residencia en Paraná. En marzo de 1854, la Legislatura sancionó la federalización de todo el territorio entrerriano, manteniendo esa condición hasta septiembre de 1858, cuando una ley del Congreso dejó sin efecto aquella resolución, la provincia recuperó su soberanía y Paraná continuó como capital por tres años más (PDER, 1876a, p. 62).
[5] La Intendencia de Policía promovió, entre otras cosas, la construcción de veredas, regulación del alumbrado y Cuerpo de Serenos, fijación de precios máximos para el consumo de carnes, cierre de negocios durante los días de fiestas, nomenclatura de calles, reglamentación de juegos infantiles, horario de trabajo de albañiles y disparo de cohetes, limpieza de calles y recolección de basuras, abrió un mercado de abasto y reconstruyó los corrales del matadero. La Municipalidad concentró tales tareas a cargo de la policía. Ver legajos del 1 al 11 en el Archivo General de la Provincia de Entre Ríos (AGPER). Fondo de Gobierno (FG), Serie XII A, caja 3.
[6] Como plantea Schmit (2015, p. 54), los Jefes Políticos entrerrianos surgieron como mediadores entre el Poder Ejecutivo y el poder municipal, garantizaron la presencia del Estado en todas las jurisdicciones y actuaron con amplios poderes y cierto grado de discrecionalidad. La “Jefatura se convirtió en la cabeza de entramados de poder dependientes del gobernador, quien, a su vez, tenía, dentro de cada departamento, una red de autoridad militar, policial, administrativa, política y civil”.
[7] La sesión estuvo compuesta por 22 diputados, el presidente de la cámara y el secretario. Los 16 diputados restantes se ausentaron.
[8] Archivo de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación. Actas de Sesiones del Congreso. Sesión Ordinaria N° 60. 25/9/1860. Libro 10. Recuperado de https://apym.hcdn.gob.ar/sesiones/actas/actas-de-parana-de-1860-1861/72 .
[9] No hay indicio de participación municipal del Cura Párroco (Juan Álvarez), del Vicario Apostólico (Miguel Vidal) ni del primer Obispo de Paraná (Luis Segura y Cubas). Desde 1858, el Delegado Papal separó las provincias de Entre Ríos, Santa Fe y Corrientes de la Diócesis de Buenos Aires y, en junio del año siguiente, expidió la Bula que erigió el Obispado Paranaense, designando como sede episcopal a la ciudad de Paraná y a su Iglesia Parroquial como Catedral de la Diócesis.
[10] Las excepciones fueron la Municipalidad de Mendoza y los departamentos rurales mendocinos que estuvieron a cargo de un Intendente hasta que, en 1874, pasaron a ser presididos por los subdelegados de campaña (Sanjurjo de Driollet, 2004, p. 150).
[11] AGPER. 31/10/1861, FG, Serie XIII, caja 1, leg. 1.
[12] AGPER. 10/1/1862, FG, Serie XIII, caja 1, leg. 2.
[13] AGPER. 16/1/1862, FG, Serie XIII, caja 1, leg. 2.
[14] AGPER. 25/1/1862, FG, Serie XIII, caja 1, leg. 2.
[15] AGPER. 4/10/1862, FG, Serie XIII, caja 1, leg. 2. Detalla libros de ordenanzas, cuentas de Tesorería, notas de Empleados Municipales, inspección de escuelas, registro de elecciones, patentes de 1861, rifas e informes de la Municipalidad de Buenos Aires con sus memorias de 1857 y 1858, entre otras cuestiones.
[16] AGPER. 27/8/1863, FG, Serie XIII, caja 1, leg. 5.
[17] Un tipo de ingreso encontramos en el contrato que realizó la Municipalidad con el Rematador de Corrales (Estanislao Ramos) para el uso de galpones municipales por un monto de 480 pesos fuertes al año que éste entregaba en forma mensual al Tesorero de la corporación. AGPER. 21/12/1861, FG, Serie XIII, caja 1, leg. 4.
[18] AGPER. 4/11/1862, FG, Serie XIII, caja 1, leg. 5.
[19] AGPER. Fondo de Hacienda, Juzgado en lo Civil y Comercial, 8/2/1861.
[20] AGPER. 31/10/1861, FG, Serie XIII, caja 1, leg. 1.
[21] AGPER. 18/1/1862, FG, Serie XIII, caja 1, leg. 2.
[22] AGPER. 25/1/1862, FG, Serie XIII, caja 1, leg. 2.
[23] AGPER. 8/3/1862, FG, Serie XIII, caja 3, leg. 12.
[24] AGPER. 15/1/1862, FG, Serie XIII, caja 1, leg. 2.
[25] AGPER. 8/3/1862, FG, Serie XII A, caja 3, leg. 12.
[26] AGPER. 10/12/1862, FG, Serie XIII, caja 1, leg. 2.
[27] AGPER. 26/7/1862. FG, Serie XIII, caja 1, leg. 5.
[28] AGPER. Memoria de 1862, FG, Serie XII A, caja 3, leg. 12. De la Puente fue Presidente Municipal entre 1874-1875 y 1885-1886, miembro de la corporación en sucesivas oportunidades y primer Presidente del Club Socialista en 1853.