La Forestal. Empresa, enclave, feudo o “estado”. ¿Todos o ninguno?

 

Daiana Celeste Araujo(*) y Daiana Ester Medina(*)

 

ARK CAICYT: http://id.caicyt.gov.ar/ark:/s24690732/tjurwte80

 

Resumen

 

Esta presentación se propone abordar las maniobras realizadas de parte del gobierno de la provincia de Santa Fe, a partir del pago de un empréstito a Cristóbal Murrieta y Cía., que terminó con, la mayor concesión de tierras de nuestra provincia y que terminaran en manos de la empresa conocida como La Forestal. El periodo comprendido es desde 1880 a 1915, etapa donde se hacen las transacciones de las tierras, la compañía inaugura varias fábricas tanineras en el norte santafesino, y además, la compañía demuestra tener un perfil con atributos de un estado paralelo al Estado argentino. En una clave más general, este trabajo se inscribe en el momento donde se da la llegada de capitales extranjeros, asimismo, estaban dadas las condiciones que favorecen la inserción de la Argentina al mercado mundial. Se busca discutir, a partir del conocimiento de las formas de operar y el manejo de la empresa, cómo es que la misma llegó a concebirse como un Estado para algunos, teniendo características feudales aún en el siglo XX. En la misma línea, cómo obtuvo posesión efectiva sobre millones de hectáreas, y cómo llegó a operar con tanta libertad y liviandad, sin intervención alguna de las autoridades nacionales ni provinciales, sólo al servicio del capital extranjero.

 

Palabras claves: La Forestal; Tierras; Estado.

 

 

La Forestal. Company, Enclave, Feudal Domain or “State”. All or None?

 

Abstract

 

This presentation aims to address the maneuvers carried out by the government of the province of Santa Fe, starting with the payment of a loan to Cristobal Murrieta and & Co.. which resulted in the largest land concession in our province, ultimately ended up in the hands of the company known as La Forestal. The period covered is from 1880 to 1915, during which the land transactions took place, the company inaugurated several tannin factories in northern Santa Fe, and the company demonstrated a profile with attributes of a parallel state to the Argentine State. In a more general sense, this paper is set in the moment when foreign capital arrived, and the conditions were favorable for Argentina's insertion into the global market. It seeks to discuss, based on the knowledge of the company's operations and management, how it came to be conceived as a state by some, with feudal characteristics even in the 20th century. Similarlys, how it effectively obtained possession of millions of hectares, and how it operated with such freedom and ease, without any intervention from national or provincial authorities, solely serving foreign capital.

 

Key Words: La Forestal; Land; State.

 


 

 

La Forestal. Empresa, enclave, feudo o “estado”. ¿Todos o ninguno?

 

Introducción

 

El establecimiento de La Forestal en el norte santafesino nos lleva a indagar sobre su asentamiento y la gran acaparación de tierras que está concentró, en el proceso encontramos numerosas situaciones irregulares en las formas en que supuestamente se vendieron las tierras y la compañía terminó con más del doce por ciento de la tierra del norte santafesino.

Acorde con esto, es parte fundamental de este trabajo, tratar de esclarecer como dice el título del presente trabajo, si La Forestal era una empresa, un enclave, un feudo, un Estado o todos ellos. De esta manera el periodo que ocupa nuestra investigación es desde 1880-1915, debido que es la etapa donde se hacen las transacciones de las tierras, la compañía inaugura varias de las fábricas tanineras en el norte santafesino y además, es el periodo en que la compañía demuestra tener un perfil con atributos de un estado paralelo al Estado argentino, según la información recabada.

A fines del siglo XIX se intensificó la llegada de capitales extranjeros a nuestro territorio nacional, el norte del Chaco santafesino no fue la excepción. En 1872 la provincia de Santa Fe toma un empréstito con la firma Murrieta y Cía., el pago del mismo tuvo inconvenientes y no pudo ser saldado en tiempo y forma. A comienzos de 1880 y en adelante, mediante gestiones de Lucas González, apoderado en nuestro país de la casa londinense, se llevaron adelante proyectos y transacciones que van a culminar con la entrega de más del 12% del territorio santafesino, para así saldar la deuda del empréstito. A esto se le debe sumar que hay muchas irregularidades, que implicaron a las autoridades nacionales y provinciales, entre ellas, que gran parte del acuerdo de concesión de las tierras para saldar el empréstito de 1872 se hicieron con tierras que estaban fuera de la potestad de la provincia. Es así que, la Provincia de Santa Fe había negociado aproximadamente 170 kilómetros de tierras que no eran suyas, una parte eran chaqueñas, hasta que se sancionaron un conjunto de leyes que permitieron el corrimiento de límites de una importante franja de territorio a favor de la Provincia de Santa Fe. Todo para responder a las demandas caprichosas de una firma extranjera, que obtuvo exitosamente “la mayor transferencia de tierras de toda nuestra historia” (Gori, 1999, p. 254).

Nuestra propuesta se basa en estudiar, a partir del conocimiento de las formas de operar y manejo de la empresa, cómo es que ésta llegó a concebirse como un “estado” para algunos, teniendo características feudales aún en el siglo XX, cómo obtuvo la posesión efectiva de tierra, cómo este enclave económico fue capaz de operar con tanta libertad y liviandad, sin intervención alguna de los ejecutivos provinciales ni nacionales, solo al servicio de capitales extranjeros.

Para leer en términos teóricos la evidencia recolectada, hemos seleccionado algunos referentes que nos resultaron de interés, para definir ciertos conceptos, como el de Estado (Bobbio, 2002, p. 541-551), enclave económico (Lucca, 2021; Alderete, 2019, p. 63), feudo (Anderson, 1979, p. 79) y empresa (Solana, 1993, p. 6). Teniendo en cuenta estas consideraciones y los diversos factores económicos, políticos y sociales del devenir histórico, es necesario acoplar estos conceptos que son parte de la estructura de este trabajo sin descuidar el periodo estudiado, en donde las atribuciones de cada concepto resaltarán a la hora de dar respuestas a nuestros enigmas. De esta forma, esta investigación se valdrá de fuentes periodísticas y fuentes documentales que nos permitan acercarnos hacia nuestra hipótesis.

 

Formación del latifundio

 

Antes de comenzar, nos parece importante aclarar que aquí se hace mención a periodos, fechas y situaciones que exceden nuestro recorte temporal, pero que creemos muy importantes para comprender los procesos que nos llevan a nuestros objetivos.

El incentivo de la política inmigratoria tenía como finalidad el asentamiento de colonos en las zonas rurales recientemente incorporadas que eran prácticamente vírgenes y sin haber sufrido explotación alguna hasta el momento, para que entren en producción lo antes posible, y así estén al servicio de la economía nacional.

Una de las medidas más importantes fue la Ley n° 817 (Ley Avellaneda) que se sancionó y promulgó durante la presidencia de Nicolás Avellaneda y que fue la primera ley que reguló la inmigración y colonización.

Entre otras leyes relacionadas con el objetivo del Estado en poblar las regiones recientemente incorporadas, tenemos la Ley del Hogar n° 1501 sancionada en 1884, la Ley n° 1628, la Ley de Premios Militares de 1885 (Martínez, A., 2010). Otra ley importante, sancionada en 1891, fue la n° 2875 llamada Ley de Poblamiento, esta ley deroga la obligación de colonizar de la Ley n° 817, lo que permitió quedarse con las tierras, propiciando la concentración de la propiedad territorial.

Todas estas leyes, entre otras que aquí no se mencionaron y tiene que ver con el objetivo de poblar y producir la tierra, fracasaron o fueron incumplidas, sólo lograron que millones de hectáreas de tierras de nuestro país quedaran en algunas pocas manos, dando pie a la formación de grandes latifundios.

Ahora bien, qué entendemos por latifundio; según Pedro Ruiz Torre (1982), en un primer acercamiento, este va a decirnos de manera sencilla que “el término latifundio va significar simplemente ‘finca de gran extensión’" (p. 344). Sin embargo, más adelante va a complejizar la definición con aporte de otros autores para decirnos que,

 

el latifundio remite a una finca de gran extensión, una gran finca, (...) que pertenece a un propietario particular. (...) el latifundio puede corresponder a una unidad de grandes dimensiones dividida en parcelas entregadas a campesinos, a una finca cultivada con trabajadores asalariados, o ambas cosas a la vez (Torres, 1982, p. 344).

 

Asimismo, este autor también lo define como un sistema de producción que presenta como característica fundamental la de representar rendimientos insuficientes, debido al cultivo extensivo.

Teniendo en cuenta el aporte de Alfredo Pucciarelli y Ana Castellani (1998), quienes sostienen que en la visión tradicional, “el gran latifundio constituye la base territorial de un esquema de producción unilateral, no diversificado, atrasado e ineficiente y, a la vez, es el componente fundamental de un régimen de distribución y tenencia de la tierra (...)” (p. 34) que ha permanecido inalterado por muchísimo tiempo.

Estos autores también nos presentan cómo a partir de la primera década del siglo XX, el gran latifundio comienza a tener voces en contra, coincidiendo con lo que nos dice Ruiz Torres (1982) sobre el latifundio como una unidad productiva ineficiente.

Las tierras del Chaco santafesino son un claro ejemplo de cómo se materializó esta política. Así se produjo la creación de latifundios en esta zona, que se destinarán a la explotación forestal y ganadera. Es interesante tener en cuenta que gran parte de estas tierras se aprovecharon para la explotación forestal y la producción agrícola fue ínfima, pues, el Chaco santafesino fue considerado una zona marginal en comparación con la región pampeana.[1]

 

Configuración territorial y patrimonial antes de La Forestal

 

El empréstito

“Cuantas más garantías deis al extranjero, mayores derechos asegurados tendréis en vuestro país (...) Rodead de inmunidad y de privilegios el tesoro extranjero (...)” (Alberdi, 1981 [1852], p. 92).

 

Para hablar de La Forestal tal cual la conocemos es necesario que nos traslademos a cuándo empezó todo, el año 1872. Ese año, en virtud de la Ley del 22 de junio del corriente año, el gobierno de la provincia de Santa Fe logró que la Legislatura aprobara un empréstito con la firma Murrieta & Company (de ahora en adelante Murrieta y Cía.) de Londres, en la que además de capital inglés, también formaban parte de la misma, capitales franceses y alemanes. El apoderado en nuestro país de la casa prestamista era el Dr. Lucas González.

Vale la pena mencionar que el empréstito del que hablamos no es un caso aislado, sino que era parte de un auge en el endeudamiento externo a escala latinoamericana y que podemos decir que es parte del germen de la crisis mundial de 1873, ya que los préstamos pactados no pudieron ser cumplidos efectivamente. Lo que sucedió es que los empréstitos se acordaban por valores nominales muy alejados de lo que realmente se recibía. Y a eso le tenemos que sumar que las condiciones de pago eran muy dificultosas para quien tomaba la deuda y que, en ciertos casos, como el empréstito de la provincia, se terminaba quintuplicando. (Perdía y Silva, 2019, p. 243-245).

El empréstito tomado por parte de la provincia con la casa londinense fue de 300.000 libras esterlinas, destinadas a la creación del Banco de la Provincia de Santa Fe (que finalmente se fundó en 1874) y al financiamiento de un ferrocarril. Frente a las dificultades de pago, en septiembre de 1880 el Poder Ejecutivo (P.E) elevó a las cámaras legislativas un proyecto de ley que autorice “contratar con Murrieta y Cía. el pago de lo que se adeudaba del empréstito” (Gori, 1999, p. 18). Aquí hay un detalle que no podemos dejar pasar, el proyecto mencionado no lo redactó ni elaboró el gobernador de la provincia del momento, Simón Iriondo, mucho menos fue realizado por algún legislador de la provincia, siendo esta una de las opciones más factibles. El proyecto de ley que establece la forma de pago, lo realizó ni más ni menos que el apoderado de Murrieta y Cía., el señor Lucas González.[2]

Queda claro que el autor del proyecto tenía como objetivo la satisfacción de responder a las demandas de la casa londinense, ello queda demostrado en el artículo 4º, donde la provincia no podía dar ningún otro uso a esas tierras hasta que no estuviera abonada la deuda, básicamente transformando el proyecto en una hipoteca respaldada legislativamente, esto realmente sí fue un logro del representante de Murrieta y Cía. en defensa de los intereses de la empresa. Además es llamativo como en el artículo 2º se intenta buscar posibles compradores de estas tierras que estén lejos del alcance de Murrieta y Cía., pero que sin embargo, no la descarta porque tanto Lucas González como el P. E. sabían que a la compañía le interesaban esas tierras como forma de pago.

La ley fue aprobada el 5 de octubre de 1880, el 30 de noviembre de ese mismo año se firmó el acuerdo para hacer efectiva la ley aprobada. Los firmantes eran el Mtro. de Gobierno de Iriondo, Pedro Reina y el representante de Murrieta y Cía., Lucas González.

El protagonismo de Lucas González no culmina aquí, sino todo lo contrario. La ley aprobada el 5 de octubre, establece que se designe una “persona idónea” para llevar adelante las negociaciones venideras. Es así que, una vez que se deslindaron las tierras necesarias para vender, el 5 de mayo de 1881 el gobierno de la provincia de Santa Fe cedió el poder de venderlas al mismísimo Lucas González. Otra vez el detalle ruidoso de que no se elige a un mediador que forme parte del gobierno de turno o a una persona capacitada en asuntos de colonización e inmigración, sino que el gobierno santafesino contempló que la “persona idónea” era la misma persona que había escrito el proyecto de ley, que básicamente invitaba a regalar la tierra, y que además representaba y defendía los intereses de los acreedores.

Estos nombramientos de representantes, que supuestamente actuaban en defensa de los intereses de la provincia no terminan aquí. Al día siguiente, el 6 de mayo de 1881, el gobernador Iriondo sancionó un decreto que designó a Juan Bautista Alberdi para que supervisara las negociaciones y se hagan conforme lo que dice la ley. Alberdi estaba enfermo en Francia y le delegó la tarea a Cristóbal Federico Woodgate, un inglés ligado a la banca de ese país. Tiempo después, Simón Iriondo, aprobó y festejo las transacciones de los “negociadores y destacó el patriótico accionar de Lucas González y Juan Bautista Alberdi” (Perdía y Silva, 2019, p. 249), el mismo que escribió la cita con la que comenzamos esta parte (ver supra), que nos deja mucho más claro que las ideas y planes de esta Generación conocida como la del ‘80, estaban triunfando. Las transacciones y accionar de estos tres tristes patriotas, terminaron con la dación de 668 leguas cuadras de tierras a una firma extranjera, que lejos de quedar satisfecha, con el correr de los años va a adquirir más y más tierras.

 

“¡la inmensa operación ya estaba hecha!”[3], “370 leguas hubiesen sido suficientes”[4]

El 10 de abril de 1881 de la mano del señor Foster, las tierras comprometidas en el asunto habían sido mensuradas. La designación del Dr. González para la transacción de venta, lo facultaba para realizar la operación por 404 leguas cuadradas de tierra, divididas en seis áreas mensuradas en el norte de la provincia de Santa Fe. Poco después se le otorga otro poder especial para vender 260 leguas más, que en realidad resultaron ser 264. Como explicita la ley, las tierras debían ser vendidas en Inglaterra o Europa, pero el intermediario de Murrieta y Cía. sabía muy bien lo que debía hacer, esas tierras debían ser parte de pago del empréstito de 1872 (Gori, 1999, p. 21).

Las tierras de la transacción formaban parte de los actuales departamentos santafesinos de 9 de Julio, Vera, General Obligado y San Cristóbal; eran tierras de escaso valor comercial pero que tenían una riqueza inmensa en reservas forestales, sobre todo de quebracho colorado.

El siguiente Cuadro 1 explicita la formalización de la venta de tierras para cancelar la deuda de la provincia.

 

Cuadro 1: Venta de tierras fiscales en el norte santafesino

 

Deuda de la Provincia de Santa Fe a Murrieta & Co. (1880)

Cancelación de la deuda por medio de la venta de tierras de Santa Fe a Murrieta & Co. (1881)

En libras esterlinas

En libras esterlinas

En leguas cuadradas

en Has.

110.873

151.212

49.245

504

164

1.564.779

509.174

Total:

110.873

200.457

668

2.073.953

 

Fuente: Virasoro, 1971.

 

Tal como vemos, la deuda pendiente por el empréstito se remonta, hasta el mes de julio de 1881, a £110.873 y 3 chelines. La tercera parte de esa cantidad se abonaba con bonos del Tesoro, la otras dos terceras partes de la deuda se hacía mediante el producido de la venta de tierras fiscales mensuradas por Foster. La operación de venta se hace por medio de dos entregas. La primera de 504 leguas cuadradas, pagadas con letras de cambio en plazos de uno, dos y tres años. Se entregaron tres letras por la cantidad de £ 50.404,2 chelines, en total £ 151.212,6 chelines, equivalentes a $756.061, 50 oro (Gori, 1999, p. 22). Las letras se entregaron a Murrieta y Cía. a cuenta de la provincia de Santa Fe.

En un periodo relativamente corto de tiempo, Lucas González realiza otra venta de tierras, esta vez de 164 leguas cuadradas, la suma de esta venta ascendía a £ 200.457. Por estas tierras, así como también las de la primera venta, fueron pagadas por un precio de $1.500 la legua cuadrada, el cual era el mínimo autorizado por la ley del 1 de julio de 1880.

La escritura de estas tierras se firmó el 28 de septiembre de 1881, pero ni en ella ni en el contrato complementario aparece mención alguna de que las tierras fueran destinadas a la colonización agrícola, condición impuesta en la Ley de 1880. También en la Cámara de Diputados cuando se presenta el Proyecto sobre ratificación de la venta de tierras a los Sres. Murrieta y Cía. por el gobierno de la Provincia de Santa Fe, de parte del gobierno se espera que se destinen las tierras a la colonización, el mismo lo explicita de la siguiente manera:

 

El P.E no se ha creído autorizado para resolver si los terrenos vendidos pertenecen a la Nación ó á la Provincia por razones aducidas en el decreto de 31 de mayo del corriente año; pero considera que sería conveniente ratificar la venta mencionada porque ella contribuirá á la realización de una empresa que traerá la población à vastos territorios, que conviene entregar cuanto antes á la colonización.[5]

 

Lo que sí aparece en la escritura es la transcripción de la Ley del 9 de agosto de 1871,[6] la misma se refiere a la exención de impuestos a las colonias establecidas en la provincia. Entendemos que si se transcribe esta ley es porque se tenía en cuenta de que las tierras iban a ser utilizadas con ese fin, pero, lo único que si fue efectivo de esa ley fue la exención de impuesto, porque el compromiso o el simple propósito de colonizar, quedaría expresado en forma verbal; un acuerdo entre caballeros en los que no es necesario un papel sino un apretón de manos entre el representante de la provincia de Santa Fe y el apoderado de Murrieta y Cía., que aunque sigue siendo irrisorio, era la misma persona, el señor Lucas González.

En pocas palabras, podemos decir que, por el empréstito solicitado en 1872 de £ 300.000, la provincia de Santa Fe entregó - a un precio que hasta el día de la fecha nos parece ridículo - 668 leguas, 41 milésimas (Perdía y Silva, 2019, p. 251), estamos hablando de más de dos millones de hectáreas, el 12% del territorio de la provincia, que para los representantes del momento eran tierras pobres sin ningún riqueza en comparación con la región pampeana, y que sin embargo, acababan de ceder la mayor reserva natural de quebracho colorado en nuestro país, aquellos bosques centenarios ahora quedaban en manos de una firma inglesa.

Del Cuadro 1 podemos afirmar que la venta de tierras fue exagerada y supera la cantidad que hubiese sido necesaria para la cancelación, “370 leguas cuadradas hubiesen sido suficientes” (Trumper, 1977, p. 23). Con todos estos números presentados y las transacciones hechas, podríamos concluir que el empréstito de 1872 estaba cancelado. Pues no, todavía falta algo más. Por la Ley del 14 de marzo de 1883 se autorizó un nuevo empréstito exterior por siete millones de pesos oro para rescatar el otorgado por C. Murrieta & Co. en 1872 y el resto para capitalizar el Banco Provincia (Perdía y Silva, 219, p. 252). La ley se aprobó y se cumplió. Es así que luego de once años y tres leyes se pagó el empréstito, con transacciones absurdas e irresponsables, cinco veces más del valor del crédito solicitado en 1872. Como consecuencia se formó un gran latifundio rico en quebrachales quedando en manos de Murrieta y Cía., sin regulación alguna porque los argentinos facultados para impedirlo solo estaban al servicio del capital foráneo, y pecando de ingenuidad (o no) creyeron que un acuerdo de palabras iba a bastar para poblar la tierra y traer el progreso. Además significó la salida más gigantesca de tierras del patrimonio público hasta 1881, y la entrega más grandiosa de quebrachales en el mundo. Fue una transacción sumamente exitosa para el nuevo dueño del 12% de la tierra santafesina, que le dejará ganancia a su firma y a los sucesores hasta llegar a manos de La Forestal.

 

Fronteras al servicio del capital

Cuando creímos que el juego enmarañado del empréstito de 1872, había llegado a su fin, surgen nuevas irregularidades en la transacción de las tierras. Cuando se escrituraron las tierras que correspondían a las 164 leguas por los bonos emitidos, se toparon con que “algunas” de esas tierras estaban fuera de la jurisdicción de la provincia de Santa Fe, ya que estas tierras eran parte del Territorio Nacional del Chaco (Perdía y Silva, 2019, p. 252). Es decir, que Santa Fe negoció tierras que no eran suyas, sino que eran potestad del territorio nacional del Chaco.

Según la Ley Nacional nº 686 del 12 de octubre de 1874, el Arroyo El Rey (latitud 29º 10’) era el límite entre la provincia de Santa Fe y el Chaco; pero la provincia de Santa Fe había vendido a Murrieta y Cía. tierras que llegaban 170 kilómetros más allá del Arroyo El Rey. Ahora bien, la Ley Nacional nº 28 del 17 de octubre de 1862, explicitaba que para realizar la venta y escrituración de estas tierras se necesitaba de una ley nacional. Frente a esta limitación, el 2 de agosto de 1883 se sancionó la Ley Nacional nº 1298, dicha norma revisaba la Ley nº 686.[7]

Por otra parte, el límite norte de Santa Fe quedó ratificado el 10 de octubre de 1884, cuando la Ley Nacional nº 1532 trasladó el límite sur del Chaco a paralelo 28º 15’ de latitud. Y se respaldó aún más con la Ley nº 1894 del 13 de noviembre de 1886, la cual aprobaba varias cuestiones de límites y concedió a la provincia de Santa Fe los territorios nacionales que se hallaban entre el límite norte de la provincia hasta el paralelo 28º y el río Paraná (Perdía y Silva, 2019, p. 253; Martínez, 2010, p. 12, 14-16).

Es así como frente a las demandas de una compañía extranjera toda una cúpula de representantes políticos se arrodilló a ceder a quien lo requería. Como dijimos al principio, este juego enmarañado no solo logró la mayor transferencia de tierras en la historia santafesina hasta ese momento a una firma extranjera, sino que también arrebató al territorio chaqueño una franja de 170 km.

 

Antes de La Forestal: “La venta simulada”

Cuando la casa inglesa que había emitido el empréstito tuvo el poder efectivo de las tierras fue inminente de parte de ésta una nueva operación. En las nuevas negociaciones entre los representantes de Murrieta y Cía. nuevamente nos encontramos con Lucas González, pero esta vez acompañado de Federico Woodgate. Estos dos señores, además, eran representantes del gobierno de Santa Fe (Gori, 1999, p. 42).

¿Cuál era el objetivo de la firma londinense? Murrieta, primeramente, pretendía vender/transferir las tierras a una compañía colonizadora. En consecuencia, comenzó a buscar nuevos socios y amigos, dando origen a la Santa Fe Land Company Limited, Compañía de Tierras de Santa Fe. Sin embargo, nos encontramos con otra operación poco clara, porque en realidad la operación de venta no fue una venta como tal, sino que fue una “venta simulada”, por la cual Murrieta y Cía. entregó la tierra, pero a cambio de acciones en esta nueva sociedad que se había formado; y por ningún lado aparece que la intención de esta nueva empresa sea colonizar las tierras que poseía (Trumper, 1977, p. 24; Gori, 1999, p. 42). Es decir, Murrieta aportaba como capital el valor de las tierras argentinas que eran, ahora, de su propiedad.

Murrieta por las tierras adquiridas le pagó a la provincia $1.500 la legua (ver cuadro 1); cuando Murrieta transfiere las tierras a la Compañía de Tierras de Santa Fe, lo hace por un valor de $5.292 la legua. A esa ganancia exorbitante que Murrieta y Cía. consiguió, todavía falta sumarle los intereses de los bonos emitidos, es así como obtuvieron un 245% de ganancia. Y esto no es todo, la provincia no solo reembolsó el dinero que obtuvo con la venta, sino que entregó más de dos millones de pesos a cuenta de reivindicaciones impuestas. Como dice Gaston Gori (1999), “No era capital inglés el que se introducía, sino dinero argentino que manejaban los extranjeros en su beneficio” (p. 43-44).

 

El negocio forestal. Inicio y consolidación de La Forestal

Según un informe realizado por La Forestal (1966), la provincia de Santa Fe en aquel entonces tenía algo más de 2.500.000 de hectáreas ocupadas por bosques y montes naturales. Algo de ello podemos notar en la Imagen 1, donde se muestra el área de explotación forestal en el norte de nuestro país.

Las tierras efectivamente en manos de la Compañía de Tierras de Santa Fe, inmediatamente se destinaron a la actividad de explotación de bosques exportando hacia Europa los rollizos de quebracho. Con respecto a la venta de tierras, subdividió una parte de ellas con destino a la colonización; otra parte de las mismas se destinaron para arrendamiento a campesinos o las vendían en lotes de diversa extensión que se liquidaban con un valor superior por el cercano paso del ferrocarril. Sin embargo, gran parte de las tierras quedaron como grandes reservas que no fueron explotadas hasta el momento que La Forestal incorporó esta compañía a su patrimonio.

En este sentido, se nos hace necesario aclarar que, si nos prolongamos en el accionar de la Compañía de Tierras de Santa Fe, fue para tener presente lo que luego será la política y accionar de la empresa que nos ocupa en nuestro objeto de investigación, La Forestal. Así indicamos que, teniendo en cuenta que su actividad principal fue la explotación taninera, también creó una política especulativa sobre la tierra, generando en la zona un mercado de tierras.

 

Imagen 1: Área de explotación forestal de quebracho colorado en la primera década del siglo XX

 

Fuente: Hotschewer, 1953.

 

The Forestal Land, Timber and Railways Co. Ltd.: La Forestal

En un concierto internacional donde el capital extranjero buscaba insertar sus monopolios fuera de sus fronteras llega La Forestal a nuestro país, que se dedicaría al rubro de la extracción de quebrachos. El ingreso inglés en la producción de tanino se da en 1905 con gran fuerza; no aporta ninguna nueva tecnología al extracto del quebracho, ya que se dedica a impulsar la producción.

A comienzo de siglo los señores Harteneck, Portails y Renner, por entonces propietarios de la Compañía Forestal del Chaco, tenían intenciones de ampliar sus instalaciones. Tengamos en cuenta que el siglo surge con una coyuntura internacional benévola para la industria del quebracho, pues sus instalaciones no daban abasto con la producción que el mercado exigía (Trumper, 1977, p. 53). Por ende, era inminente que la industria del quebracho multiplicará su producción, pero los propietarios de la compañía más importante de extracción de tanino a nivel mundial, estaban limitados financieramente.

Los dueños de la Compañía Forestal del Chaco, decidieron en 1905 contactarse con un grupo financiero inglés, los señores E. d’ Erlanger y el Barón E. Beaumont d’ Erlanger, con el fin de diligenciar los capitales necesarios para su expansión fabril y productiva (Cowen, 1990). Los financistas, con representantes en Buenos Aires, solicitaron realizar un análisis íntegro que informe y evalúe las propiedades de la Cía. Forestal del Chaco para así considerar la posibilidad de pactar una operación financiera con ellos (Hicks, 1956, p. 7).

Las negociaciones con la financiera británica culminaron en marzo de 1906, se prosiguió con la inscripción en el Registro Público de Comercio de Londres la firma inglesa The Forestal Land, Timber and Railways Co. Ltd.: Compañía de Tierras, Maderas y Ferrocarriles La Forestal Ltda., con sede en aquella urbe y con un capital inicial de un millón de libras esterlinas dividida en acciones ordinarias.[8]

En consecuencia, La Forestal iniciaba sus actividades con la producción y apropiación de fuentes de utilidades, como lo era la renta diferencial, que era fruto de explotar los recursos forestales más ricos en sus propiedades. En la misma línea, la ganancia industrial que resultaba de la producción in situ en tanino del quebracho, lo que significaba disminuir gastos de traslado en rollizos hacia Europa o EE.UU hacia los centros de industrialización. Que La Forestal haya tenido y permanecido con industrias en la Argentina, no quitaba que ésta, por intereses estratégicos y económicos, haya tenido plantas industrializadoras de rollizos en otros países (Trumper, 1977, p. 58).

 

La Forestal ¿Un monopolio?

Para 1914 La Forestal, tenía en posesión efectiva un equivalente al 18,8% de la provincia (en 1882 la provincia de Santa Fe le transfirió a Murrieta y Cía. el 12% de su territorio).

Desde sus inicios La Forestal fue absorbiendo a las demás actividades, empresas, etc. No obstante, como mencionamos anteriormente La Forestal se erigió sobre una base industrializadora, la Compañía Forestal del Chaco. Pero la expansión en ese momento, significaba ensancharse con la captación de activos de otras empresas.

En efecto, en 1906 compró todas las acciones de la Cía. de El Tanino Elaboración de Extracto de Quebracho, de Mocoví. En 1907 compra la fábrica de Herwing Hnos. de Pehuajó y construye su propia flota fluvial, la Cía. Argentina de Lanchas. En 1908 se hace con la totalidad de las acciones de la Mocoví Tannin Company. En 1909 controla la venta de la producción total de extractos de la sociedad Quebrachales Fusionados de Puerto Tirol, Chaco, su principal competidora. En 1910, adquirió el ferrocarril que unía Villa Ana con Puerto Ocampo. En 1913 se fusiona con la Cía. de Tierras de Santa Fe y la Cía. de Tanino de Santa Fe (La Gallareta), con esta compra no sólo consignó toda la producción sino que adquirió más tierras en San Cristóbal, Las Chuñas y Barrancosa, vías férreas, ganado, maderas, etc. Al año siguiente compra todas las propiedades de la Argentine Quebracho Company, la cual formaba un enclave con la mejor cuña boscosa en quebracho colorado en Villa Guillermina, está Cía. incluía la fábrica de Tartagal (Trumper, 1977, p. 59; Perdía y Silva, 2019, p. 261-262).

Ahora bien, nombramos resumidamente el proceso de expansión y adquisición de empresas competidoras por parte de La Forestal. Este proceso de crecimiento ¿significaba que la Cía. haya monopolizado el negocio del tanino? Considerando que por monopolio/monopolizar entendemos que, un productor/vendedor/comerciante tiene el privilegio legal (o no) para explotar y vender un producto/bien/servicio de manera exclusiva, de forma tal que controla la comercialización de ese producto/bien/servicio; y teniendo en cuenta el período que nos ocupa, La Forestal no tenía el dominio absoluto de la producción del tanino, es decir, que no era un monopolio, pues incluso antes de 1915, previo a la Primera Guerra Mundial, los precios del tanino a escala internacional tuvieron un incremento, allanando el camino para que nuevos pequeños competidores entraran en la escena, y en Argentina surgieron decenas de nuevos establecimientos dedicados a la extracción de tanino (Trumper, 1977, p. 59). La aparición de todas estas nuevas compañías en Argentina, que incluso muchas de ellas se erigieron años posteriores a nuestra periodización, conformaron un sistema productivo y rentable en el que cohabitaban en continua competencia, una empresa con una gran estructura patrimonial como La Forestal con otras de menor porte, innovando frecuentemente en las prácticas comerciales. En el Cuadro 2, podemos notar cómo el surgimiento de nuevas empresas, sumado a la expansión de La Forestal confluyeron para responder a la demanda asidua de tanino en el concierto internacional.

 

Cuadro 2: Exportaciones Argentinas de rollizos de tanino entre 1906 y 1919 (en toneladas)

 

Años

Rollizos

Tanino

1906

230.100

30.839

1907

246.514

28.195

1908

254571

48.162

1909

294.722

55.493

1910

341.969

53.251

1911

438.216

68.431

1912

279.342

74.910

1913

383.964

79.684

1914

291.942

80.153

1915

209.679

110.213

1916

161.734

97.574

1917

133.170

90.777

1918

14.166

132.956

1919

54.642

139.667

 

Fuente: Marzorati, 1960.

 

Otro ámbito que intentó acaparar La Forestal, fueron los medios de transportes fluviales y terrestres. Cuando nació La Forestal el transporte fluvial estaba en manos de la compañía Argentina de Navegación; como adelantamos más arriba, en 1907 accionistas de La Forestal dan origen a la Compañía de Lanchas Argentina, otra empresa de transporte fluvial, que en 1909 pasa a ser totalmente de La Forestal.

En lo que respecta a los transportes terrestres la compañía se manejó con políticas similares. Para obtener el FF.CC Ocampo se iniciaron negociaciones en 1910, se necesitaba que la producción de la novel empresa de Villa Ana, sea transportada al Puerto Ocampo (también propiedad de la empresa) sobre el Río Paraná (Trumper, 1977, p. 60).

De esta forma, podemos afirmar que La Forestal para este período no era un monopolio, pero si iba camino a ello. Si bien no maneja los precios del mercado, si comenzó a monopolizar otros ámbitos como las relaciones, comunicaciones y los transportes. Es decir, que en un lapso corto de existencia se convirtió en un enclave económico que regulaba cualquier tipo de relación social, política y económica en la región.

 

Empresa, enclave económico, feudo o “Estado”

A estas alturas no podemos negar que La Forestal gozaba de estructura e institucionalización con un alto grado de desarrollo de unidad productiva (Lucca, 2021), en la cual la explotación y producción (y por qué no, extractivismo), como vimos, estaban en manos de capitales extranjeros.

La estructura del enclave económico que constituye La Forestal en el Chaco santafesino, reposaba sobre dos bases, el obraje y el centro fabril. La compañía diagramaba su establecimiento industrial en sus núcleos urbanos, y a partir de ello diseñaba y asentaba el pueblo en terrenos linderos (Alderete, 2019, p. 69; Gori, 1999, p. 130). El obraje fue la primera etapa, según Andrea Alderete (2019), la etapa siguiente fue la industrial, ya con la presencia de la fábrica (Solanas, 1993).

Con el dominio de la tierra, la compañía fue ejecutora de la creación de varios poblados, entre ellos, La Gallareta, Villa Guillermina, Villa Ana, Tartagal y más. Todos ellos tenían rasgos en común; se erigía un pueblo entero en breve tiempo, toda esta excentricidad que emanaba de los poblados forestales bajo el dominio de La Forestal, eran la muestra fehaciente de lo que hacía el capital financiero de “naciones civilizadas”.

Todo esto hizo que se creara una gradación social, aislada de la sociedad argentina en territorios que poseía una firma extranjera que impone un modo de vida distinto a otros pueblos que estaban fuera de la órbita de La Forestal. Este aislamiento social y económico es propio y característico de un enclave económico.

 

Ningún empleado (...) construye su casa. Estaba hecha; se la daban. No era dueño de nada. No existía como norma el arrendamiento, existía la ocupación precaria en relación al empleo, y con ello una faz de sometimiento; quien dejaba de ser empleado u obrero perdía derecho a la ocupación (Gori, 1999, p. 131).

 

En 1914 un ex obrero de la fábrica denuncia que debía desalojar la precaria casa en la que vivía en veinticuatro días, ya que había sido desterrado de los dominios de La Forestal, la crónica del diario decía:

 

No siendo posible mudarse a otra casa, ni en Tartagal ni en un millar de leguas cuadradas (...) el desalojo no podía hacerse, ni siquiera para acampar en el bosque porque todo el bosque era de La forestal, se advertía la tiranía de la orden.[9]

 

El despido no solo traía aparejado el desalojo, sino que además, no había otra opción que abandonar el pueblo, pues, la única fuente laboral en estos pueblo, no era otra que La Forestal, porque así le apetecía a esta; aborreció la formación de cualquier otra industria, ni siquiera la rodeaban colonias, incluso los comerciantes no podían ingresar a vender a inmediaciones de los pueblos, la gente debía comprar en los almacenes de La Forestal. En una crónica se manifestó la denuncia de parte de un ex cajero y capataz de la compañía, que allí para poder adquirir alimentos y productos de necesidad, o lo que sea, se adquiría solo mediante los almacenes de ramos generales de la compañía, con valor agregado de hasta el 200%, no existía competencia comercial alguna.[10]

Ahora bien, se han referido a La Forestal como un feudo, Gaston Gori ha sido uno de los que ha denunciado, aun en la década del sesenta el feudalismo de La Forestal, inclusive en la prensa de la época. Este es uno de los conceptos que nos ha encendido alarmas, pues ¿Es posible hablar de feudo/feudalismo iniciado el siglo XX en nuestra región? Teniendo en cuenta el aporte de Anderson (1989) y el recorrido que hemos hecho hasta aquí, sabemos de la dominación social que ha llegado a tener la compañía por sobre los habitantes de sus pueblos y por sobre sus trabajadores, donde las relaciones si fueron asimétricas. Es necesario mencionar que en la prensa de la época, feudo/feudalismo es un concepto que se reitera a menudo, pues los habitantes de los poblados o quienes incurrían a ellos a menudo lo consideraban de tal forma. En el copete de un artículo de periódico mencionaba lo siguiente “(...) Feudalismo y formación de un estado dentro del Estado argentino (...)”.[11]

Cuando hablan de feudo/feudalismo de la compañía, no podemos reparar solamente en el control del territorio y la relación laboral de obreros y obrajeros con la empresa, que era lo que les permitía sobrevivir (y/o subsistir) en la región a familias enteras. No podemos hablar ni comparar, en absoluto, a un obrero u obrajero de La Forestal con un siervo, ni a la compañía como un señor feudal, ni se estaba atado legalmente a la tierra, ni se pagaba tributo por protección, ni se deben tomar las armas en protección de la compañía, por mencionar algo, no solo cometemos un anacronismo, sino que no cumple las características básicas de un feudo. Gori dice que “Feudo se llamó al latifundio y organización de La Forestal”, sin embargo, hace referencia más a el poder que la misma poseía que al régimen feudal propiamente dicho (1999, p. 133). Tener enormes extensiones de tierras y poblaciones bajo su potestad no convirtió a la compañía en un feudo.

Nos parece sumamente importante, traer el aporte de Alejandro Jasisnki, quien considera que no se puede hablar de La Forestal como feudo; en primer lugar, nos introduce en que el capitalismo tiene diversas formas de trabajo asociadas al curso de valorización del capital que no honran los mandatos básicos del liberalismo político y económico, y nos entrega el concepto de “feudalismo capitalista”, que guisa un poder autoritario, que se presenta más odioso para los obreros, y en la misma línea, obsoleto e impropio para lo que exige la valorización del capital (2023, p. 56). De esta forma, Jasisnki nos conduce a que hay razones básicas por la cuales los obrajes de la compañía no pueden ser considerado feudales (ni esclavistas), por empezar, y desde nuestra percepción una de las razones más importantes, es que “técnicamente los obreros eran formalmente libres y porque su trabajo estaba formalmente remunerado” (2023, p. 56). Es decir, los empleados de La Forestal eran solo eso, empleados, no eran propiedad de la misma como si fuera un señor feudal y tener que darle manutención, seguridad y características que ya hemos nombrado anteriormente. Sin embargo, como ya hemos mencionado, en las crónicas de la época abundan las denuncias sobre la compañía como un señor feudal y su absolutismo sobre sus dominios.

Del mismo modo, nos han surgido otros interrogantes como el siguiente ¿Por qué se habla de un “estado” cuando nos referimos a esta compañía? En el recorrido que hemos hecho hasta aquí, una de las cuestiones que más ruido nos hizo fue esta, cómo puede ser que una empresa se erigiera como un estado dentro de nuestro territorio.

¿Funcionaba como un estado La Forestal? En primer lugar, tengamos en cuenta las características de un Estado propiamente dicho. Alderete afirma que territorio, población y gobierno son los tres pilares básicos que configuran un Estado; y que la compañía que nos ocupa establece en sus pueblos su propia organización jurídico-social para ordenar y regular la cotidianeidad de su población obrera. Se erigió en ellos como principal autoridad, con total anuencia de los diferentes niveles de gobierno del estado argentino, lo cual permitió a la empresa instituirse como un estado dentro de otro estado” (2019, p. 70). Mucho antes ya Gori (1999) nos manifestaba que la compañía tenía ganancias fabulosas, se manejaba con total libertad y era dueña y señora de las poblaciones como si fuera un estado (1999, p. 120). No ponemos en duda, que el poder que regía sobre los dominios de la compañía era casi absoluto, por no animarnos a decir total; en el cual regían las normas que esta decretaba y en la cual, no había injerencia alguna del Gobierno Nacional ni Provincial.

El periódico Santa Fe, durante el mes de junio de 1915 publicó una seguidilla de denuncias, mediante una investigación que llevó adelante el mismo diario, en respuesta a la Comisión Legislativa de Investigación a La Forestal, la cual mediante un informe del diputado Saccone, que había visitado los poblados para visar si la empresa incumplía las leyes y normas, dejó en claro que La Forestal era una empresa civilizadora que estaba dentro del marco de la ley. Omitiendo las atrocidades que sucedían en inmediaciones de La Forestal. En respuesta del diario que nos ocupa, el 10 de junio de 1915 expresaba:

 

Violaciones: a la ley de Ferrocarriles Nacionales; ley y disposición sobre correos y telégrafos; ley de registro civil. Ofensas a la bandera argentina. feudalismo y formación de un estado dentro del Estado argentino. Soborno a las policías, juzgados, correos, ferrocarriles nacionales, etc. Destierro de los ciudadanos argentinos por hacer uso del derecho cívico. Ocultación de cadáveres humanos y cuatrerismo.[12]

 

A todas estas acusaciones, gravísimas, el diario expone sus pruebas a disposición. En 1915, un ex empleado del FF.CC privado de La Forestal declaraba: “esta empresa asume todos los poderes de la provincia y la nación”.[13] El día anterior, se notificaba y confirmaba que un ex empleado de la compañía de La Gallareta dijo que: “La Ley sobre descanso dominical, como todas las leyes de la Nación, no rigen en este Estado extranjero dentro del Estado argentino”,[14] prosiguiendo en que los obreros trabajaban doce horas seguidas sin descanso alguno. El mismo periódico infería que la presencia de un periodista nacional en suelo legítimamente argentino, se sentía convertido en extranjero.[15] Y no olvidemos del exilio que sufren aquellos que eran despedidos, cuestión que ya abordamos.

Frente a estas acusaciones de que la compañía no solo actuaba como un estado independiente en suelo argentino, también violaba las leyes de la nación. Nos encontramos con denuncias de que erigía banderas que no eran de Argentina, y cuando se utilizaba la bandera nacional, solo se hacía para situaciones negativas, que tenía moneda propia, su propia fuerza de seguridad, y que las prácticas de civilidad allí no existían. La Forestal “ha producido de hecho su separación de las de esta provincia desconociendo dentro de ella la soberanía de la Nación Argentina y el acatamiento de sus leyes y disposiciones”, sostenía Gervasoni, ex empleado.[16]

Es público el conocimiento de la circulación de fichas y vales en inmediaciones de estos pueblos, los mismos podían intercambiarse a un valor menor por la moneda nacional, o de la forma en la que se utilizaban normalmente era para adquirir mercadería en los almacenes de La Forestal, también se usaban como apuesta en el juego. Las monedas llevaban grabado su valor en especie que indicaban su valor de cambio, por ejemplo “1kg de Carne”. Estas monedas y vales eran un mecanismo de control sobre los obreros y obrajeros, los empleados no reciben dinero como remuneración, sino estas fichas con orden de entrega. “En estos extensos dominios se desconoce por completo la moneda nacional” (Gori, 1999, p. 158).

En los almacenes de ramos generales no aceptaban el pago con moneda nacional. Este gran abuso que cometía La Forestal, no solo le garantiza el control comercial de la zona, sino que también le garantizaba ahorrarse fortunas con el sueldo de los empleos. Igualmente, al no pagar con dinero nacional, la compañía les quitaba la libertad a sus empleados de poder realizar con el dinero lo que quisieran y comprar en otros comercios a las afuera de sus dominios, garantía de seguir teniendo el monopolio comercial, que le permite reinvertir todas sus ganancias mientras mantiene una situación en la que el trabajador cambiaba su trabajo por alimentos básicamente (Gori, 1999, p. 161). Esto también, gráfica la miseria con la que salían aquellos que eran expulsados de los dominios de la compañía. Gori recoge el relato del hijo de quien elaboraba estas fichas en Reconquista, en el año aproximadamente 1908, decía que la compañía mandaba a realizar un gran caudal de fichas para pagar en los obrajes, y anexaba que quienes trabajaban en los obrajes nunca conocían la plata, sino que sólo las doradas fichas plata Forestal (1999, p. 159-160).

Por otra parte, la compañía “subvencionaba” a funcionarios públicos para poseer el control, así lo hacía con la policía, docentes e intendentes o presidentes comunales, todo era una fachada. Perdía y Silva afirman que la única autoridad oficial en dominios de La Forestal era la policía santafesina, pero que tenía algunas características peculiares, como, por ejemplo, que no existieron comisarías propiamente dichas en algunos pueblos, como La Gallareta. En esos lugares la compañía le daba una casa al comisario para que cumpliera funciones, pero en la fachada de la casa no podía haber ningún símbolo de la sede policial, ni mucho menos escudo o bandera de la provincia y del país (2019, p. 292-293). Un ex empleado denunciaba que la policía era fiel a La Forestal ya que esta “le paga con gruesas sumas y le facilita casa en cuyo frente no se le permite colocar la insignia obligatoria de su escudo”.[17]

En la misma línea, este ex empleado también denunció que no había médicos nacionales, porque no se les permitía su establecimiento en los dominios,[18] de manera tal que se condenaba a todas personas a no gozar de un derecho como es la salud. Incluso, los pueblos más pequeños en esta época llegaban, como mínimo, a los dos mil habitantes, no solo no contaban con servicio médico, sino que tampoco había una autoridad comunal, es decir no había representación alguna del gobierno nacional ni provincial, la única autoridad que regía en estos pueblos era la de La Forestal. A lo que debemos añadir, que tampoco había registro civil, no se contabilizaban ni los nacimientos, ni las defunciones, no contaban con cementerios en los pueblos, había uno solo en toda la región, que en muchos casos era imposible trasladar al difunto hasta allí.

La Forestal se adjudicaba las facultades judiciales, como si estuviera obrando en su propio estado al que gobernaba con absoluta aptitud. De manera tal, que los jueces que residen en sus dominios no intervienen en conflictos contra las violaciones de La Forestal, por las subvenciones que se les brindaba (Gori, 1999, p. 142).

Otro ex empleado de la compañía, quien había trabajado en ella doce años en diferentes puestos, afirmó que cuando ocupó el puesto de jefe de tráfico:

 

he sido comisionado y he cumplido órdenes de la compañía de entregar en mano propia al jefe de estación de Margarita, a los cambistas, al jefe de correo, al juez de paz, a los comisarios de policías, y en una palabra a todas las oficinas públicas, las gigantescas sumas que como (...) subvenciones les tiene asignada[19]

 

Queda en evidencia que la compañía sobornaba a cualquiera que tuviera un cargo público en las inmediaciones de los poblados forestales: En 1914 el diario Santa Fe, propalaba una queja que data de 1912 cuando se materializó la Ley Sáenz Peña, se denunciaba que la compañía había violado esta ley de voto secreto y obligatorio, cuando se celebraron las elecciones de 31 de marzo de 1912, en ese momento, La Forestal presionó y obligó a todos los habitantes de sus pueblos a votar por candidatos políticos de la Coalición,[20] y los que se negaron a hacerle caso, fueron despedidos de la compañía y expulsados del pueblo.[21] Era tan arbitraria la compañía que dentro de sus dominios, no vivía nadie que no silencie sus desmanes, porque quienes le llevaran la contraria, inmediatamente eran desterrados.[22]

Con respecto a los ferrocarriles, como sabemos la compañía poseía sus propios vagones y vías férreas, pero distintos exempleados de la empresa hicieron la misma denuncia, de que cruzan los extensos territorios en sus trenes, los mismo los utiliza para el comercio y para pasajeros. Los empalma con la línea nacional del FF.CC Santa Fe, desconociendo absolutamente la soberanía de la nación, lo cual utilizar las vías nacionales estaba penado por la ley. Estos denunciantes presentan sus pasajes correspondientes por haber viajado en sus trenes (el pasaje era de $1), la compañía justificaba el cobro declarando que lo recaudado se destinaba a la escuela, lo cual nadie podía comprobar que fuera cierto. Es así, como estos testigos dejaban en claro que los habitantes del pueblo dependían de la compañía para movilizarse de pueblo en pueblo, y que además de que pagaban por ello, no era un servicio que estaba disponible todo el tiempo, no había horarios ni mucho menos era un transporte de pasajeros. Ni tenemos que aclarar que este servicio no debería haber estado en manos de una empresa taninera, un empleado denunció en la Dirección General de Ferrocarriles de la Nación,[23] en vano porque la compañía siguió haciendo uso indebido de las vías nacionales.

La Forestal tampoco respetaba la Ley Nacional Postal y Telegráfica, ya que todo tipo de correspondencia que llegaba a sus dominios, en vez de entregarse en mano de quien corresponda, primero debía pasar por oficinas de la empresa, quien supervisaba lo que decía, pues consideraba que había que controlar la información que ingresaba.[24]

Gori afirmó que a nadie, desde el gobierno, se le ocurrió imponer planes que atendieran el interés público por sobre el interés privado de una compañía extranjera. Las autoridades han visto cómo se construían fábricas, poblados enteros y lo único que pensaron en que eso traería el progreso, trabajo y comercio (1999, p. 125). Ni en el momento de fundación de fábricas ni décadas después cuando la compañía violaba absolutamente todas las leyes de la nación, los derechos de los habitantes, las autoridades nacionales ni provinciales fueron capaces de enfrentar a la compañía. El señor Sosa Rodríguez, ex director de la escuela nacional de La Gallareta dijo

 

sin llevar el arado, sin abrir sus campos a la colonización, ni permitir la formación de pueblos, ni el libre comercio en sus extensos predios. Si eso es civilización y progreso, si el enterrar a los muertos como animales (...) habrá que reconocer que en efecto, “La Forestal”, ha civilizado el norte chupándoles las sangre a sus habitantes.[25]

 

Conclusiones

 

Gracias a estas crónicas, pudimos tener un panorama más amplio de lo que nos brindaban los autores, sobre el poder y absolutismo, cuestiones sociales, económicas y políticas que tenía la compañía, reposando siempre sobre nuestras fuentes.

Hemos expuesto hasta aquí la forma en cómo se erigió la compañía protagonista de nuestro trabajo, sus formas de operar de manera lícita o ilícita, con complicidad o no de autoridades nacionales y provinciales.

Creemos que el análisis de los hechos y las circunstancias históricas que hemos estudiado, nos permiten llegar a algunas conclusiones que dan respuestas a nuestras preguntas iniciales.

¿La Forestal era un monopolio? Hemos expuesto que en el periodo que nos ocupa, la compañía comienza un proceso de expansión, que se va extender más allá de nuestra periodización, en donde adquiere a la mayoría de empresas competidoras en el rubro forestal y sobre todo del tanino. Sin embargo, en 1915 es muy prematuro hablar de que La Forestal monopolizaba el comercio del tanino y controlaba los precios, antes de la Gran Guerra, los precios favorables del tanino a escala mundial allanaron el camino para nuevas pequeñas compañías en el negocio del tanino aquí en Argentina, lo que nos demuestra que La Forestal coexistía y competía con otras empresas; solo era una compañía con un gran porte patrimonial y la mayor productora de tanino en nuestro territorio. Asimismo, es conveniente decir que el germen para que La Forestal germinara en el futuro como un gran monopolio estaba latente.

No cabe duda que La Forestal era una empresa, cumplía los requisitos básicos de una empresa capitalista dedicada al negocio del tanino, obteniendo réditos económicos millonarios. Se erigió como un enclave económico, pues la extracción de tanino siempre estuvo en manos de firmas extranjeras, hubo un alto nivel de institucionalización a lo largo de todo el territorio en manos de la compañía, pues se diagramaron los poblados forestales en torno a la fábrica en donde se extraía el tanino. Estos poblados, fundados por La Forestal, se encontraban aislados de la economía nacional durante el lapso de tiempo aquí abordado, debido a que la compañía controlaba áreas económicas, comerciales, sociales y políticas dentro de su territorio.

Con respecto a si La Forestal era un feudo, autores que hemos nombrado a lo largo del trabajo se refieren a la compañía como un tal, asimismo, las crónicas del periodo, que en muchas ocasiones son relatos de trabajadores o extrabajadores, se refieren a la compañía como un inmenso feudo. No podemos negar que, en el imaginario de las personas de la época, consideraban a la compañía como un señorío feudal, pero inferimos que no es correcto hablar de La Forestal como un feudo, pues no había siervos, ni un señor feudal (aunque se acusaba a la compañía como uno), no se pagaba tributo por protección, etc. Es decir, lo que entendemos como feudo como tal, no existió. Si podemos asumir que había una gran extensión de tierras en manos de La Forestal, si había una relación asimétrica entre empleador y empleado, pero, todos los obreros, obrajeros y cualquier empleado de la compañía era libre, que además por su labor reciba una remuneración y podían abandonar su puesto de trabajo y los poblados cuando ellos lo creían necesario. Estas características nos distanciaron abismalmente de las características de un feudo o de la época del feudalismo, teniendo en cuenta el concepto propiamente dicho. Luego podemos discutir si las condiciones de trabajo, o el pésimo pago que reciben los empleados por su trabajo era justo o no, incluso que estén obligados a gastarlo en los almacenes de la compañía o que exiliaran de los territorios en caso de no trabajar más en la compañía, todas estas cuestiones, incluso otras que quedan por fuera pero hemos nombrado a lo largo del trabajo, solo demuestran el control total y el accionar sobre cada aspecto de la vida de los poblados, que se tornaba detestable para los empleados y es ahí donde caían en lo que consideramos una errada comparación con un señor feudal, pero que no la convierten en un feudo, sino que la liberalidad de acción de la compañía, tenía de raíz la nula injerencia del Estado Nacional, como veremos.

Por último, el interrogante que nos ha traído hasta aquí, La Forestal ¿era un estado dentro del Estado Argentino? Si nos atenemos a la definición que nos da Bobbio (2002), creemos que una de las características que hizo que La Forestal no sea un estado dentro de territorio argentino, es que no tenía un estado de derecho (lícito) que lo legitime y que no detentaba una división de poderes (legislativo, judicial y ejecutivo), que sin embargo, se encargó de sobornar mediante coimas a cualquier funcionario de la República y de la Provincia de Santa Fe.

La compañía controlaba no solo las relaciones políticas de su territorio, sino las económicas y las sociales. Tenía además el monopolio de la fuerza, pues sobornando a la policía y jefes de seguridad de la provincia, numerosas crónicas lo evidencian. Ostentaba más del doce por ciento del territorio de la provincia de Santa Fe, es decir tenía territorio, pero ¿tenía un pueblo como nación? La compañía tenía numerosos poblados forestales, pero sin embargo, esto no modifica que sus habitantes sigan siendo fieles a la patria argentina, como lo demuestran las fuentes periodísticas, en consecuencia podemos asumir que sí, La Forestal tenía territorio y población, pero no tenía una población como nación, lo que consideramos característica fundamental de un Estado.

De esta forma, si nos apegamos a la definición de Bobbio (2002), es claro que La Forestal no era un pequeño estado dentro de la Argentina. Sin embargo, no podemos obviar que las numerosas denuncias de que la compañía actuaba como un estado, se daban por la ausencia total del Estado Nacional y Provincial, lo que le permitió a la compañía erigirse como dueña y señora de vastas extensiones de tierra, siendo esta la única autoridad verdadera en una porción de territorio dentro de la Nación Argentina, donde la única que ley que se debía cumplir era la que dictaba La Forestal. Y cuando de parte de algunos diputados o legisladores, mediante algún que otro proyecto, pretendían “limitar” con impuestos ínfimos a la compañía extranjeras, esta se las ingeniaba para que estos políticos corruptos, no fueran estorbo y seguir infringiendo las leyes de la Nación a como se le dé la gana. Quedando así en evidencia que estamos en un periodo donde la oligarquía estaba al servicio del capital extranjero, encubriendo bajo el lema del progreso y la civilización, la condena a la población, en este caso, del Chaco santafesino a acatar las leyes implícitas de lo que consideramos una empresa que amasó cifras millonarias, y que no solo se erigió como autoridad, sino que logró aislar económica, política y socialmente de la Nación Argentina a miles de personas, violando las leyes del mismo Estado Nacional que bregaba por la llegada de compañías como La Forestal, en muchas ocasiones con complicidad de agentes del Estado. Esta fue la forma de operar de los ingleses interesados en estos territorios, desde el momento en el que adquirieron las tierras de manera irregular, y donde posteriormente se construiría la famosa empresa.

La Forestal como objeto de estudio, es cada vez es más atrayente, consideramos que de ella emanan universos de temas muy interesantes, de los cuales en el último tiempo se han escrito numerosos trabajos. Es importante, resaltar que lo que nos trajo en un primer momento fue la vacancia, a nuestro entender, que hay específicamente en el periodo trabajado. Consideramos que el periodo que sigue a nuestro periodo, es sumamente importante, con sucesos que marcaron un antes y después en la historia de La Forestal, como por ejemplo la iniciación del movimiento obrero, sindical, las huelgas entre 1919-1921, luego la conformación del sindicato de trabajadores del quebracho y las huelgas de 1936, son algunos hechos que nos impulsaron a ir a dónde comenzó todo este universo. Es importante visibilizar el cómo una empresa extranjera obtuvo una vasta extensión de tierras con "colaboración" del Estado Provincial y Nacional. La colonización que se llevó a cabo en territorio argentino, algo bastante común en empresas de origen británico, las cuales eran utilizadas como instrumento para cumplir con un objetivo nacional británico de desarrollo y expansión del imperio. Dichas empresas gracias a la “ausencia” de los estados nacionales penetran con facilidad y las mismas eran instituciones que integraban las diferentes relaciones de capital.

 

Fuentes

 

Alberdi, J. (1981) [1852]. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina. Buenos Aires: Plus Ultra.

Archivo General de la Provincia de Santa Fe, tomo 76, año 1884.

Diario Santa Fe. Santa Fe.

Honorable Cámara de Diputados de la Nación "Proyecto de ley de tierras nacionales", Expte Nº 7 de 1882.

Ministerio del Interior de la República Argentina, Expediente Nº 2220, año 1887.

 

Bibliografía

 

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Recibido: 25/05/2024

Evaluado: 15/06/2024

Versión Final: 15/07/2024

 

 



(*) Profesora en Historia (Instituto de Educación Superior Nº 28 “Olga Cossettini”). Argentina. Email: daianacelestearaujo0@gmail.com ORCID: https://orcid.org/0009-0004-2998-2172

(*) Profesora en Historia (Instituto de Educación Superior Nº 28 “Olga Cossettini”). Argentina. Email: daiana.medh@gmail.com ORCID: https://orcid.org/0009-0002-4499-3318

[1] “La Pampa era la inmensidad sin vallas, donde el ganado se multiplicaba prodigiosamente, anunciando la codicia de los blancos; el Chaco, en cambio la llanura recubierta de quebrachos enhiestos como escudos de bronce, a cuyos indios no se podía arrebatar, sino la fuerza de trabajo”. Guido Miranda. Los tres ciclos chaqueños. Trumper, 1977, p. 17.

[2] Por el artículo 1º, la tercera parte de esa deuda sería abonada con bonos del Tesoro, que devengarían intereses, y dichos bonos serían entregados a Murrieta y Cía. Con el objeto de acelerar la amortización, serían recibidos por el Estado provincial en pago de tierras públicas. El inciso 5º establecía que se deslindarían tierras suficientes como para pagar las otras dos terceras partes de la deuda, aclara el artículo 2º que las tierras deslindadas se ‘venderán a Inglaterra u otras partes de Europa para destinar lo producido al pago del empréstito’ (... ) El artículo 4º coartaba toda posibilidad del P.E para disponer más ventajosamente de las tierras (...). Gori, 1999, pp. 18-19.

[3] Gori, 1999, p. 26.

[4] Trumper, 1977, p. 23.

[5] Honorable Cámara de Diputados de la Nación “Proyecto de Ley de tierras nacionales”. Expte. Nº 7 de 1882.

[6] Honorable Cámara de Diputados de la Nación “Proyecto de Ley de tierras nacionales”. Expte. Nº 7 de 1882. Ley del 9 de agosto de 1871. Art. 1º: Todas las colonias agrícolas establecidas o que se establecieran en lo sucesivo en la provincia, sea en terreno de propiedad fiscal o de particulares, quedan exentas de todo impuesto directo por el término de tres años desde su fundación (...). Resaltado de la fuente.

[7] La misma decretaba en su Artículo 1º: “Autorizase al Poder Ejecutivo para ratificar, en [...] lo que pudiera afectar los derechos de la Nación, la venta hecha por el Gobierno de [...] Santa Fe, a Murrieta y Cía., [...] de tierra pública al Norte del 29º de latitud [se aclara que corresponde al arroyo El Rey] y los límites señalados del contrato de venta celebrado en Londres, el 18 de mayo de 1882 [...] Artículo 2º: El precio de la venta se depositará por el comprador en el Banco Nacional, hasta tanto se determine el límite norte de Santa Fe…” (Perdía y Silva, 2019, p. 252).

[8] “los bienes de la flamante sociedad comprendía la propiedad sobre 472.200 has., derecho sobre la explotación de otras 267.000 has. y casi 170 km. de vías férreas. Incluye también el derecho para la extracción de quebracho colorado en algo más de 194.000 has. de propiedad de la Santa Fe Land Company, todo lo cual permite calcular la existencia de esa especie en 4.180.000 toneladas”. (Hicks, 1956, p. 26.)

[9] Santa Fe, Santa Fe, 21 de noviembre de 1914.

[10] Santa Fe, Santa Fe, 11 de junio de 1915.

[11] Santa Fe, Santa Fe, 10 de junio de 1915.

[12] Santa Fe, Santa Fe, 10 de junio, 1915.

[13] Santa Fe, Santa Fe, 12 de junio 1915.

[14] Santa Fe, Santa Fe, 11 de junio de 1915.

[15] Santa Fe, Santa Fe, 10 de junio de 1915.

[16] Santa Fe, Santa Fe, 10 de junio de 1915

[17] Santa Fe, Santa Fe. 10 de junio de 1915.

[18] Santa Fe, Santa Fe. 10 de junio de 1915.

[19] Santa Fe, Santa Fe, 12 de junio de 1915.

[20] Recordemos que la Unión Cívica Radical había abandonado la abstención por primera vez.

[21] Santa Fe, Santa Fe, 10 y 12 de junio, 1915.

[22] Santa Fe, Santa Fe. 11 de junio de 1915.

[23] Santa Fe, Santa Fe, 12 de junio, 1915.

[24] Santa Fe, Santa Fe, 10 de junio, 1915.

[25] Santa Fe, Santa Fe. 13 de junio, 1915.